Ministerio de las Mujeres

ANSeS Programa Acompañar para cobrar $ 25.572: requisitos y cómo acceder

El Programa Acompañar busca asistir a víctimas de violencia de género a lo largo del país con una ayuda monetaria y acompañamiento legal, psicológico y social

El Programa Acompañar, el cual surge del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, busca asistir a víctimas de violencia de género a lo largo del país. Este plan no trata únicamente de una ayuda económica, sino que incluye también un acompañamiento legal, psicológico y social para las damnificadas.

Este proyecto comenzó en diciembre en el marco del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género y su objetivo es el de "promover la autonomía de las mujeres y LGBTI+ que se encuentran en riesgo en contextos de violencias por motivos de género", tal como establece la página web del ministerio.

De esta forma, los beneficiarios recibirán durante seis meses consecutivos lo equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), es decir, $ 25.272 para junio acorde a la nueva escala de actualización del SMVM en siete etapas que aplica también a este programa:

  • Abril 2021: con un 9% cerró en $ 23.544
  • Mayo 2021: con un 4% cerró en $ 24.408
  • Junio 2021: con un 4% cerrará en $ 25.272
  • Julio 2021: con un 3% cerrará en $ 25.920
  • Agosto 2021: con un 5% cerrará en $ 27.000
  • Noviembre 2021: con un 5% cerrará en $ 28.080
  • Febrero 2022: con un 5% cerrará, finalmente, en $ 29.160

El programa se articula entre el ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, la ANSeS y las diferentes provincias, las cuales actúan a través de convenios que el ministerio firma con estas para pasar a constituir Unidades de Acompañamiento. Estas unidades se actualizan constantemente y se pueden observar en el siguiente link: Unidades del Programa Acompañar | Argentina.gob.ar

Actualmente, Acompañar se encuentra cubriendo a 837 mujeres a lo largo del país y espera sumar a más beneficiarias mediante la ampliación de acuerdos con las provincias.

Ya que este plan busca un acompañamiento individual y personal para cada mujer registrada, no existe una inscripción automatizada para acceder, sino que, quién lo desee, deberá acercarse a la Unidad de Acompañamiento más cercana a su domicilio con el fin concretar una entrevista personalizada con un trabajador del ministerio.

Luego de esta, se realizará un informe social en el que se evaluará el riesgo que se corre, la situación económica personal, habitacional, psicológica, entre otras. Este será enviado al ministerio para su aprobación y, si se logra ingresar al programa, se comenzará al mes siguiente tanto con el pago de la ayuda como con el apoyo social.

Así, no se precisa presentar una denuncia judicial para acceder, simplemente se debe enviar un mail, llamar por teléfono o ir directamente a la Unidad de Acompañamiento más cercana para realizar la entrevista.

Todas las provincias poseen unidades, las cuales se pueden observar en el sitio web del ministerio junto con su dirección, casilla de correo y teléfono, sin embargo, también se encuentra habilitada la línea 144 para consultas o se puede enviar un correo electrónico a la casilla del Ministerio de las Mujeres: acompanar@mingeneros.gob.ar

Ya que el cobro del beneficio se dará a través de la ANSeS, este es el encargado de depositarlo en la cuenta bancaria del destinatario. En caso de no tener una cuenta de banco registrada, los encargados de las Unidades de Acompañamiento se ocuparán de asistir a la mujer para abrir una nueva con el fin de cobrar todos los meses.

Se puede acceder desde los 18 hasta los 65 años y el plan también resulta compatible con los siguientes beneficios:

  • Asignación Universal por hijo o hija (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social (AUE)
  • Asignación por hijo o hija con discapacidad
  • Monotributo Social
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Sin embargo, el Programa Acompañar resulta incompatible con lo siguiente:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen de autónomos.
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el estado nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de CABA.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
  • Prestación por desempleo.

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Comentarios

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  • RG

    rossi guerrero

    28/08/21

    Hola quisiera saber donde acudir para recibir ayuda psicológica mis dos hijos y yo ...fui golpeada por mi cuñado enfrente de mis dos hijos y todos los días recibimos amenazas de él ..el hombre es enfermo psiquiátrico y la justicia no hace nada

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  • LP

    Lore Pereira

    22/08/21

    Kiero anotarme para cobrar la violencia de genero

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