CALIFICÓ DE INOFICIOSO SU PRONUNCIAMIENTO EN UNA CAUSA INICIADA POR LA EX MULTICANAL

La Corte dijo que no debe fallar sobre la grilla de la TV por cable

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inoficioso un pronunciamiento en una causa iniciada por Multicanal, del Grupo Clarín, sobre el ordenamiento de la grilla de los canales de televisión por cable.
Multicanal había cuestionado la resolución 227/08 del Comfer, al considerar que el organismo carecía de facultades para adoptar una decisión respecto de la grilla de programación de los operadores de TV por cable, informó el Centro de Información Judicial.
El caso llegó a la Corte tras el recurso extraordinario presentado por el Estado nacional contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que hizo lugar al amparo de Multicanal y declaró la inconstitucionalidad de esa resolución.
La Corte señaló que, luego de presentarse la demanda, el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.522 de servicios de comunicación audiovisual. Esa ley, en su artículo 65 legisla sobre los contenidos de la programación y, en particular, establece concretas disposiciones respecto del ordenamiento de la grilla de televisión por cable, indicó. Citó el decreto 1225/10 y la resolución 296/10 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, que reglamentaron ese artículo. Al haberse sustituido las disposiciones de la resolución 227/08, resulta inoficiosa toda decisión respecto de su validez, ya que no se advierte la presencia de un interés actual que deba recibir una respuesta de esta Corte Suprema, pues le está vedado expedirse sobre planteos que han devenido abstractos, indicó.
Al ser consultado, el Grupo Clarín dijo que no modificará el orden de la grilla, ya que la Corte no se expidió, y que su reclamo seguirá la vía judicial.

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