

Las plataformas de fondeo colectivo, conocidas también como crowdfunding, están en un limbo fiscal, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pidieron a las plataformas retener impuestos sobre intereses, pero no establecieron la ruta para definir con claridad las características de las retenciones.

En entrevista con El Cronista, Alberto Padilla, CEO de Briq, plataforma de crowdfunding que apoya a proyectos inmobiliarios, señaló el año antepasado, las autoridades fiscales del país publicaron que las plataformas de fondeo colectivo estaban obligadas a retener impuestos a los intereses que pagan a sus usuarios.
Esta dispocisión, dijo Padilla, se publicó en una Miscelánea Fiscal, por lo que algunas plataformas optaron por ampararse.
“Cuando las plataformas ven esto que sale y aparte Hacienda no hizo consultas con el medio simplemente lo publicó, lo que hicieron la mayoría fue ampararse y metieron juicios de nulidad diciendo esto que dice, pues está no se puede”, comentó Padilla.

Para el año pasado, Hacienda publicó la disposición en la Ley de Ingresos, por lo que se volvió obligatoria para todas las plataformas; sin embargo, sigue sin estar claro cómo deben retener los impuestos a los intereses.
“Entonces, desde ahí empiezan las primeras reuniones con la autoridad fiscal para aclarar qué se debe retener, las bases para las retenciones y el funcionamiento de los impuestos en el crowdfunding. Y ahí es cuando Hacienda se da cuenta que hay muchas cosas que faltan como determinar quién tiene la obligación de hacer las facturas, si es el inversionista o es la plataforma, entre otras cosas”, comentó.
Apertura con el nuevo gobierno
Desde el cambio de gobierno federal, la Secretaría de Hacienda y el SAT tuvieron un “cambio de actitud” para encontrar un punto de equilibrio que permitiera entablar mesas de consulta para delinear el mecanismo de retención de impuestos a los intereses del crowdfunding.
Para establecer las mesas permanentes de diálogo, dijo Padilla, se creó la Asociación de Plataformas de Fondeo Colectivo (AFICO), misma que se reúne periódicamente con la Unidad de Política de Ingresos Tributarios, de Hacienda, coordinada por Jesús Oscar Rivas Inzunza.
“En el momento que entra esa persona que sí le entiende, que sabe de qué se tratan las cosas, detona estas conversaciones y estas reuniones”, comentó.
Redoble a los impuestos
Desde el punto de vista de Alberto Padilla, el SAT ha buscado “recaudar por donde se pueda”, lo que dio origen a la retención de los intereses del crowdfunding, y de la mano de la ley de plataformas digitales, como DiDi y Uber.
La Ley de Ingresos, recordó el CEO de Briq, estableció una retención de 20% de impuestos sobre los intereses pagados, una cifra muy alta comparada con el resto de los impuestos que se cobran por otro tipo de inversiones, establecido en 0.9%.
“Si yo gano 100 pesos, tú me retienes 20. Y esa era una de las inconformidades de las instituciones de financiamiento colectivo, que son instituciones financieras, y el resto de instituciones financieras en la ley del ISR se reconocen como tal y tienen una retención mucho menor. Y aquí como que se saltaron eso y dijeron, “Pues no me importa, ustedes retienen el 20%.” Entonces, sí, en efecto es una tasa bastante dispareja con el resto de otras instituciones”, dijo.
En un comparativo, mencionó que al invertir MXN $1,000 en cualquier otra institución financiera, el impuesto se retiene sobre el capital, lo que equivale a 9 pesos.
“Vamos a pensar que esos 1000 pesos te generan una tasa del 15% de interés. Entonces tú estás recibiendo 15 pesos de interés. Si a eso le multiplicamos lo multiplicamos por el 20% estamos reteniendo 30 pesos, es decir, 9 contra 30. Es una diferencia enorme”, comentó.




