SAT | ¡Atención! Extienden el horario para realizar la Declaración Anual: hasta cuándo habrá tiempo
La franja horaria en la que la institución brindará atención se ha modificado, por lo que los ciudadanos deberán atender a cuál es el tiempo límite que tendrán durante el último día del mes para declarar sus impuestos.
A pocos días de que finalice el plazo para presentar la Declaración Anual de Impuestos 2023 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el organismo mexicano decidió extender el horario de atención para todos los contribuyentes.
La fecha límite para cumplir con esta obligación es el próximo martes 30 de abril, por lo cual quienes deberán conocer cuál es el tiempo limitado con el que cuentan.
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¿Cuánto dinero debe ganarse para declarar ante el SAT?
En este aspecto, desde el SAT establecen que para realizar la declaración anual en 2024, la persona que se encuentra inscrita en la entidad bajo el régimen fiscal de sueldos y salarios debe superar los 400,000 pesos en términos de ingreso.
En la misma línea, informa las otras condiciones que deben cumplirse para efectuar el pago de impuestos en el mes de abril:
- Si se trabajó para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando la persona no haya rebasado los 400 mil pesos.
- En caso de solicitar por escrito al patrón que no presente la Declaración Anual.
- Si se dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Si se prestó servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
- Si la persona obtuvo otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
- Si el contribuyente percibió ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
¿Cuáles son los gastos que pueden deducirse?
Al momento de realizar las declaración anual de impuestos, los contribuyentes deben tener en cuenta los conceptos que son clasificados como deducciones personales, entre los que se incluyen:
- Gastos médicos.
- Gastos funerarios.
- Aportaciones complementarias de retiro.
- Donativos.
- Primas de seguros de gastos médicos.
- Colegiaturas.
- Transporte escolar.
- Créditos hipotecarios.
- Cuentas especiales y personales para el ahorro.
Gastos médicos
- Honorarios médicos.
- Dentista, tratamientos y consultas.
- Servicios de psicología y nutrición.
- Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
- Gastos hospitalarios.
- Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias).
- Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación.
- Honorarios a enfermeras.
- Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de 2,500 pesos) en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista y se tenga el comprobante correspondiente para cada beneficiario.
Gastos funerarios
- Son deducibles los gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 37,844.40 pesos.
- Se pueden deducir los pagos realizados para la propia persona, su cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 37,844.40 pesos.
Donativos
- En este caso, son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.
- El límite para deducir donativos es si se consideran los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta 7% para los otorgados a Donatarias Autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación.
Colegiaturas
En lo que respecta a las colegiaturas, la cantidad pagada por cada uno de los alumnos que se puede disminuir en instituciones educativas privadas no debe exceder los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, en relación a los siguientes topes:
- Preescolar 14,200 pesos.
- Primaria 12,900 pesos.
- Secundaria 19,900 pesos.
- Profesional técnico 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente 24,500 pesos.
Aportaciones complementarias de retiro
- Se pueden deducir aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a la subcuenta personal, siempre que cumplan con los requisitos de permanencia.
- El monto de aportaciones que puede deducirse en la declaración, es el que resulte menor entre 10% del ingreso anual acumulable del ejercicio o cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a 189,222 pesos.
- Son deducibles las aportaciones destinadas exclusivamente para cuando el titular llegue a 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social.
Primas de seguros de gastos médicos
- Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos.
- Son deducibles los pagos realizados para la persona y en su caso, su cónyuge, concubina(o), ascendientes o descendientes en línea recta.
- El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a 189,222 pesos o de 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor.
Transporte escolar
- Aplica para pago de transporte escolar cuando este sea obligatorio en los términos de las disposiciones jurídicas del área donde se encuentre ubicada la escuela o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto de colegiatura.
- Se puede deducir los pagos realizados para los descendientes en línea recta.
- En el comprobante deberán cerciorarse que el monto por concepto de transporte escolar esté separado de los otros gastos escolares.
- Medio de pago exclusivamente por: cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.
- El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a 189,222 pesos o de 15% del total de los ingresos, lo que resulte menor.
Créditos hipotecarios
- Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.
- El crédito otorgado no debe exceder 5,986,201.50 pesos (750 mil UDIS, monto que debe actualizarse al 31 de diciembre de 2023).
- En caso de fideicomiso, se consideran créditos hipotecarios aquellos destinados a la adquisición, construcción, remodelación de casa habitación o pago de pasivos que se destinen exclusivamente a estos fines.
- El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco UMA anuales equivalentes a 189,222 pesos o de 15% del total de los ingresos personales, lo que resulte menor.
Cuenta especiales y personales para el ahorro
- Es posible deducir depósitos en cuentas personales y especiales para el ahorro o pagos de primas de seguros que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro.
- Siempre que cumplan con los requisitos de permanencia y se realicen antes de presentar la declaración anual.
- El monto de estos pagos o depósitos no deben exceder en el año de 152,000 pesos.
¿Hasta qué hora habrá tiempo para presentar la Declaración Anual?
Las personas que estén obligadas a presentar la Declaración Anual de impuestos 2023 deben saber que la fecha límite es el próximo martes 30 de abril y que el horario de atención se extenderá desde las 8:30 de la mañana a las 18:00 horas.
El SAT da a conocer el listado de disponibilidad de citas para atención presencial en los módulos y oficinas desconcentradas en las 32 entidades del país.
— SATMX (@SATMX) April 22, 2024
Semana del 22 al 26 de abril:
Disponibilidad alta 94%
Disponibilidad media 4%
Disponibilidad baja 2%
Asimismo, para... pic.twitter.com/rcbAfyuDeR
Para llevar a cabo este trámite, los contribuyentes tendrán que concretar una cita a través del portal digital de la referida institución.