

El Departamento de Estado actualizó sus instrucciones para todos los ciudadanos del mundo que buscan tramitar la visa a EE.UU. pero que no están en su país de orien, según un reporte del Departamento de Estado y publicado por la Embajada en México, “los solicitantes de visas de no inmigrante deben programar su entrevista en su país de nacionalidad o residencia”, informó la Embajada de EE.UU. en México.
La autoridad advierte que solicitar la visa fuera del país de origen o residencia puede dificultar la aprobación y extender significativamente los tiempos de espera, señala la nueva directriz oficial comunicada por el Gobierno de EE.UU.

“Las tarifas no son reembolsables ni transferibles, incluso si la visa es negada”, subraya el aviso de los Estados Unidos, reforzando el riesgo para quienes deciden iniciar el trámite en un tercer país.
Desde la Embajada de Estados Unidos en México advirtieron a los extranjeros sobre lo que deben hacer ante la solicitud de una visa: “Antes de programar tu cita, toma en cuenta lo siguiente: Residencia (FM2/FM3): Debes demostrar estancia legal en el país donde estás solicitando la visa”.

Qué cambia con las nuevas reglas para la visa de EE.UU.
Las nuevas disposiciones buscan ordenar el proceso de solicitudes y reducir la saturación en consulados fuera de los países de origen, estableciendo criterios más estrictos para quienes buscan tramitar su visa en el extranjero.
- Solicitud en país de origen o residencia: ahora es el criterio principal para programar entrevistas.
- Comprobación de estancia legal: deberás demostrar que resides legalmente en el país donde solicitas la visa.
- Mayor dificultad fuera de tu país: las probabilidades de aprobación pueden disminuir.
- Tiempos de espera más largos: aplicar en otro país puede implicar demoras considerables.
- Pago sin garantía: la tarifa no se devuelve aunque la visa sea rechazada.
Excepciones y casos especiales
El gobierno estadounidense aclaró que estas reglas no aplican para visas diplomáticas, oficiales ni ciertos casos especiales como los relacionados con organismos internacionales o acuerdos específicos.
Estados Unidos tiene contempladas excepciones limitadas por razones humanitarias, médicas o de política exterior, aunque serán poco comunes y evaluadas caso por caso por las autoridades consulares.




