

Con noviembre a la vuelta de la esquina, miles de trabajadores se preguntan si habrá feriado para celebrar el Día de Muertos.
La respuesta puede decepcionar a muchos: ni el 1 ni el 2 de noviembre están contemplados como días de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo.
El Día de Muertos no es feriado oficial según la Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo (LFT) es clara: el 2 de noviembre no está incluido en el listado de días de descanso obligatorio que aparece en el artículo 74.
Esto significa que, aunque el Día de Muertos sea una de las celebraciones más importantes y reconocidas de México, los trabajadores no tienen derecho automático a un día libre con goce de sueldo.
De todas formas, en 2025 el 1 de noviembre caerá en sábado y el 2 en domingo, por lo que quienes ya tienen libres los fines de semana se verán beneficiados.
Sin embargo, quienes laboran en comercios, servicios o industrias que operan los sábados y domingos deberán cumplir con sus actividades normales sin derecho a compensación económica adicional, a menos que su contrato o empresa lo establezca de manera voluntaria.

¿Qué pasa con las escuelas? La postura de la SEP sobre el Día de Muertos
Aunque el Día de Muertos se celebra oficialmente el 2 de noviembre, este año cae en domingo, por lo que naturalmente no habrá clases ese día, ya que coincide con el fin de semana.
Sin embargo, es importante mencionar que el 31 de octubre se llevará a cabo una jornada de Consejo Técnico Escolar. Esto implica que muchas escuelas tendrán puente o fin de semana largo, ya que los estudiantes no asistirán a clases ese día.
¿Cuándo es el próximo día feriado oficial en México?
Después del Día de Muertos, el próximo feriado establecido por la Ley Federal del Trabajo será el lunes 17 de noviembre, en conmemoración del aniversario de la Revolución Mexicana.
La ley estipula que este feriado se celebra el tercer lunes de noviembre, sin importar que la fecha histórica sea el 20 de noviembre, con el propósito de generar fines de semana largos que beneficien tanto a trabajadores como al turismo nacional.
Este día sí es de descanso obligatorio con goce de sueldo. Si un trabajador es requerido para laborar el 17 de noviembre, la empresa deberá pagarle el triple de su salario diario como compensación.
Después de noviembre, el último día festivo oficial del año será el 25 de diciembre, con motivo de las celebraciones navideñas.



