

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, lanzó una advertencia directa a sus derechohabientes: no actualizar el domicilio puede derivar en la imposibilidad de recibir atención médica oportuna. El trámite, obligatorio ante un cambio de residencia, es clave para garantizar el acceso a los servicios de salud en la clínica correspondiente.
De acuerdo con la información oficial del Gobierno de México y del ISSSTE, la actualización del domicilio aplica para trabajadores, pensionistas directos y familiares derechohabientes, y puede realizarse en línea o de manera presencial. La omisión del trámite puede generar inconsistencias en el sistema y afectar la vigencia de derechos médicos.

¿Por qué es obligatorio actualizar el domicilio ante el ISSSTE?
El propio instituto establece que “cuando el trabajador, pensionista directo o familiar derechohabiente requiera recibir atención médica en su nuevo domicilio deberá de actualizar su domicilio”. Esto se debe a que el sistema del ISSSTE asigna clínicas con base en la dirección registrada.
Si los datos no coinciden, el beneficiario podría ser canalizado a una unidad médica incorrecta o enfrentar retrasos en la atención. Por ello, el trámite no es opcional, sino un requisito indispensable para asegurar la continuidad del servicio médico.
Qué pasa si no realizas el trámite a tiempo
El ISSSTE es claro al señalar que el comprobante de domicilio debe tener “una vigencia no mayor a 3 meses” y contar con la dirección correcta. No cumplir con este requisito puede impedir que el cambio sea validado por la autoridad.

No actualizar la información puede generar que el sistema mantenga al derechohabiente adscrito a una clínica que ya no le corresponde, afectando consultas, estudios y cualquier atención futura.
Cómo realizar el trámite y quién puede hacerlo
El trámite puede realizarse en línea a través de la Oficina Virtual del ISSSTE, donde el usuario debe seleccionar la opción “Cambio de Domicilio”, capturar los nuevos datos y “guardar” la información para después imprimir la constancia de vigencia de derechos.
También puede hacerse de forma presencial en las Delegaciones Estatales, Regionales o Clínicas de Medicina Familiar. El ISSSTE precisa que el trámite puede ser solicitado por el interesado, un tercero con carta poder o un representante legal, siempre que se presente la documentación requerida, ya que de ello depende el acceso a futuras atenciones médicas.




