Sociedades de acciones simplificadas para impulsar negocios
Vaticinan que la sociedad por acciones simplificada tendrá un alto impacto. Los temas pendientes para su implementación.
Tras el naufragio de la Sociedad Anónima Unipersonal (SAU), las de acciones simplificada (SAS) se perfilan como impulsoras de una ola de actividad para los abogados de empresa, especialmente los de emprendedores. El nuevo tipo societario viene acompañado de una simplificación de los trámites para su inscripción, de la mano de un procedimiento digital que articula a los registros de comercio con las agencias estatales que intervienen en la creación de una persona jurídica.
"La SAS se crea como parte de un conjunto de medidas que tienden a facilitar el acceso al financiamiento a través del mercado de capitales. Estas medidas debieran ayudar a reactivar la economía. Serán sociedades mucho más versátiles y administrables", confía Lisandro Allende, Name partner de Allende Ferrante Abogados.
Manuel Tanoira, socio fundador de Tanoira - Cassagne, se entusiasma: "La SAS es un nuevo tipo societario que permite a un emprendedor constituir una sociedad de uno o más socios. Puede hacerse online y en 24 hs. con obtención de CUIT y cuenta bancaria. Permite llevar los libros online, celebrar asambleas y reuniones de directorio online y a distancia, llevar poderes digitales. En definitiva: agiliza el funcionamiento de la nueva empresa".
Diego Krischcautzky, socio de Marval, OFarrell & Mairal, destaca entre las ventajas la "flexibilidad y libertad contractual que otorga a sus miembros a la hora de definir sus derechos y obligaciones, la estructura orgánica de la sociedad y las características de los aumentos de capital que se dispongan".
Otras miradas
Desde M. & M. Bomchil, su socia Laura Lavia Haidempergher muestra cautela: "El cumplimiento de la flexibilidad y reducción de costos y plazos descansa en cuestiones que deberán ser reglamentadas, por lo tanto la eficiencia y efectividad de la norma dependerán en gran medida de regulaciones y reglamentaciones futuras, y de las reales posibilidades de implementación". Por ejemplo: el protocolo notarial electrónico, que no está regulado. También previsiones relacionadas con notificaciones electrónicas, registros llevados por medios digitales, comunicación de información a la autoridad de contralor mediante medios electrónicos, uso de firma digital e inscripciones a ser efectuadas en forma electrónica, enumera.
Déborah Cohen, exinspectora General de Justicia, entiende que el nuevo tipo societario consagra la posibilidad de una sociedad unipersonal "mucho más accesible y útil que la regulada en la Ley General de Sociedades, previendo además un procedimiento informatizado". Actualmente, apunta, "el interesado en constituir una empresa debe presentarse ante el Registro (IGJ u otro), AFIP (o AGIP), el Boletín Oficial, en instancias consecutivas, que suman días al proceso, y en cada oportunidad lo hace como si el Estado nunca lo hubiera conocido antes. Unificar estos pasos implicará un ahorro muy importante de tiempo y dinero. Es un cambio de paradigma, donde es el Estado el interesado en facilitar la tarea, conectando sus sistemas y compartiendo información para esta finalidad".
Juan Astibia, socio de MODO Law, analiza el fenómeno en perspectiva. "Si se considera que la mayoría de los emprendedores canalizan sus proyectos a través de un tipo societario incorporado hace más de 80 años, las implicancias que trae aparejadas la creación de la SAS resultan trascendentes", dice. Las características de este tipo societario, continúa, "se adecúan al dinamismo actual de los negocios, creando mecanismos sencillos y rápidos que se basan en las nuevas tecnologías, para dar respuestas a las necesidades de los emprendedores, contribuyendo a combatir la informalidad".
¿Listos?
Al momento de ser anunciado el nuevo tipo societario, el presidente Mauricio Macri pronosticó la puesta en funcionamiento para el pasado 1° de junio, plazo vencido que, según varios de los consultados, se empezaría a materializar recién en agosto, aunque otros lo dilatan incluso hasta bien entrado el año próximo.
"La IGJ ha implementado progresivamente algunos trámites digitales a través del Sistema de Trámites a Distancia (TAD). Sin embargo, hay dificultades para operar, lo que redunda en que el tiempo de los trámites no sea tan expedito", admite Allende. Por otra parte, en el interior, "existen limitaciones de capacidad y equipamiento para que se cumpla con la anhelada constitución de SAS en breves plazos: muchos registros provinciales ni siquiera tienen acceso a servicio de Internet", agrega.
Para Haidempergher, pese a los esfuerzos y a la buena voluntad de muchos funcionarios, los trámites son cada vez más lentos, largos y burocráticos, y el tema no pasa por las SAS, sino por cuestiones más estructurales. "Se impone una modificación integral que flexibilice y acorte los plazos, y simplifique las cosas para quienes quieren venir a invertir al país y para los que están y desean continuar haciéndolo, sea cual fuere la estructura societaria (o asociativa) escogida", dice.
Cohen reafirma la disparidad entre los registros de Nación e interior. "Lo que es posible para IGJ puede no serlo para otro registro", admite. A eso se suma que se está trabajando en la reglamentación de la ley a nivel local y estableciendo los detalles de aplicación de las normas, comenta Krischcautzky. "Veremos, una vez que conozcamos esas normas, si el sistema podrá funcionar como esperamos", concluye.
Experiencias
Varios países de la región receptan la figura de la SAS.
La legislación colombiana, la mexicana y la chilena fueron fuentes de la ley argentina de apoyo al capital emprendedor.
La SAS es hoy el tipo societario más utilizado en Colombia. En Chile, representa casi la mitad de las sociedades.
Para tener en cuenta
Tiempo de constitución de una SRL en IGJ, enero a junio 2017: 48 a 72 hs, una vez que está toda la documentación presentada en forma. Costo: $ 4300 (trámite urgente) + $ 2000 (aproximadamente) para la publicación en el Boletín Oficial (BO).
Para las SAS se aspira a que la constitución sea en 24 horas luego de publicada en el BO. Costo estipulado: $ 4500 (incluyendo publicación).