Teletrabajo: al ritmo de Argentina, España reglamenta una ley que obliga a las empresas a correr con los gastos del trabajo a distancia

El gobierno español reglamentó una normativa que equipara los derechos de las personas que trabajan a distancia con las que lo hacen de manera presencial.

Con el objetivo de llenar el vacío normativo existente, España reglamentó una norma de trabajo a distancia que permita “potenciar de una manera ordenada, urgente y con garantías el uso del trabajo a distancia que, según apunta el real decreto-ley fue el mecanismo más eficaz para asegurar la prevención y el mantenimiento de la actividad durante la pandemia.

Pero si bien la digitalización propone ventajas, también supone desafíos como protección de datos, brechas de seguridad, tecnoestrés y fatiga, horario continuo, mayor aislamiento laboral y deficiencias en la interacción, pérdida de la identidad corporativa, problemas de conectividad y el traslado de costos de las empresas a los empleados  sin compensación.

Por eso, tras casi un día entero de negociaciones, el gobierno español, las cámaras empresarias (CEOE  y Cepyme) y los sindicatos (CCOO y UGT) lograron acordar una norma que le reconoce a las personas que trabajen a distancia los mismos derechos –tanto en términos de legislación como en los convenios colectivos– y obligaciones que tienen las personas que lo hacen de manera presencial.  

El real decreto-ley establece diferencias entre el trabajo a distancia –la persona realiza su actividad laboral en su domicilio u otro lugar durante toda su jornada o parte de ella, con regularidad, es decir, un mínimo de tres meses o el 30% de su jornada–  y el teletrabajo, que es el que se hace a distancia exclusiva o principalmente a través de “sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación .

Entre otras cosas, la medida prevé que el trabajo a distancia deberá ser voluntario (es decir, consensuado entre empleados y empleadores)  y reversible. Las empresas están obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas, así como hacerse cargo de su mantenimiento. Además, deberán compensar los gastos relacionados al desarrollo de la actividad laboral.

Por otra parte, también se regula el derecho a la intimidad y a la protección de los datos personales de los empleados y se le prohíbe a las compañías exigir  la instalación de software o aplicaciones en dispositivos que pertenezcan a los empleados o que deban poner a disposición sus propios equipos para realizar su trabajo.

Otro debate que aborda el decreto es la cuestión de los horarios: si bien el Artículo 13 establece que los trabajadores tendrán derecho a un horario flexible, también se dispone que haya un sistema de registro de horario que “refleje fielmente el tiempo que las personas dedican a hacer su actividad laboral, por lo que deberá haber, por ejemplo, un registro del momento de inicio y de finalización de la jornada.

Finalmente, el Artículo 16 señala que se deberá hacer una evaluación de riesgos vinculados al trabajo a distancia, especialmente en relación a factores psicosociales, ergonómicos y organizativos. “Deberá  tenerse en cuenta la distribución de la jornada, los tiempos de disponibilidad y la garantía de los descansos y desconexiones durante la jornada , según establece el decreto.

El PBI español se hundió 17,8% en el segundo trimestre

La economía española entró en recesión técnica –la tercera en poco más de diez años– tras registrar una caída del PBI del 17,8% en el segundo trimestre del año, su mayor caída trimestral desde 1970.  Abril-junio fue el período más afectado por el estado de alarma y las medidas de restricción social que provocaron una paralización de numerosas actividades económicas.

El desplome estuvo principalmente motivado por la contracción del 20,4% en el consumo de hogares, mientras que las exportaciones se hundieron un 33,4%. La inversión también sufrió una contracción del 22,1%, especialmente las vinculadas con vivienda (-22,6%) como en maquinaria y bienes de equipo (-28,6%).

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