Cruce twittero entre economistas por Ganancias: al final, ¿cuándo se cobra?
Se generó una gran controversia sobre la fecha en la que se cobrará el impuesto en la red social del pajarito.
Entre economistas y contadores se generó una gran controversia sobre la fecha desde la que se cobrará el Impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera para personas humanas, que estalló ayer y hoy en las redes sociales y sobre todo en Twitter.
Respecto del Impuesto a las Ganancias sobre la Renta Financiera, esto que planteas NO ES ASÍ. La ley está plenamente vigente. El reglamento aclara situaciones puntuales o de ordenamiento. No confundamos más a la gente https://t.co/bsNA7bxiil
— Julián Ruiz (@ruizjulian_cdor) December 17, 2018La discusión surgió teniendo en cuenta que el Gobierno aún no publica la Reglamentación del impuesto, a pesar de que va casi un año desde que se sancionó la Ley de Reforma Tributaria, el 29 de diciembre de 2017, comentó Ezequiel Passarelli, de SCI Group a Infotechnology.
No, incluso hay antecedentes para sostener la entrada en vigencia desde su reglamentación. Como sucedió este año con ganancias para Directores y Jerárquicos, siempre para adelante
— Iván Sasovsky (@ivansasovsky) December 17, 2018Además, se agregó el condimento especial, que generó cierta suspicacia, de la reciente renuncia de Andrés Edelstein a la Secretaría de Ingresos Públicos, justamente quien tenía a su cargo reglamentar la ley, añadió Passarelli.
¿Vos decís que aplica el impuesto sin que lo reglamenten?
— Mariano Sardans (@marianosardans) December 17, 2018Cabe recordar que Edelstein publicó un borrador de reforma en la página de la Secretaría de Hacienda, pero antes de su sanción oficial, dejó el cargo.
A raíz de ello, surgieron una serie de preguntas, que abrieron el debate:
-¿Qué ocurre si la reglamentación sale en 2019 y no en 2018? ¿Desde cuándo aplicaría el impuesto? ¿Ya está vigente en 2018 a pesar de que no se haya reglamentado?
A esta discusión que se generó entre varios profesionales, se suman algunos bancos, que están llamando a sus clientes para alertarlos de que podrían hacer algunas cuestiones para no pagar Bienes Personales, como depositar el dinero en cajas de ahorro, plazos fijos o comprar bonos, y además, generar cierta confusión al informarles que el Impuesto a las ganancias sobre la renta financiera no aplicaría hasta tanto se reglamente, informó Passarelli
Si la reglamentación de la reforma tributaria no se publica, ¿la gravabilidad de la renta financiera está vigente?
La primera respuesta es que, para Sasovsky, que la nueva Ley del Impuesto a las Ganancias no está vigente para 2018 y en 2019 comenzará la vigencia recién cuando se reglamente. Para este especialista rige el principio de irretroactibilidad de la ley.
Por su parte, Passarelli entendió que el impuesto a la renta financiera es un hecho; es decir, que aplica desde 2018, a pesar de que la reglamentación salga en 2019.
Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, explicó que este caso es distinto a la reforma sobre renta mundial, donde faltaba reglamentar el concepto de residencia, por lo que no entró en vigor en 1998, seis años después. En el caso de esta norma sobre renta financiera todo está claro y el reglamento sólo tiene que expedirse sobre algunas cosas concretas como el interés en el caso de renta presunta cuando se estima disposición de fondos a favor de accionistas o directores de fondos de la compañía.
Desde el punto de vista formal, el principio general es que las leyes entran en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial o desde la fecha que la propia ley establezca para su entrada en vigencia, aceptó Sasovsky.
Pero añadió que el decreto reglamentario es la guía que establece las definiciones primordiales sancionadas por una ley, regula con detalle el régimen que sobre una modificación del Impuesto a las Ganancias, en sus lineamientos fundamentales y sin desconocer substancialmente ninguna de sus normas. De hecho es lo que establece nuestra constitución nacional, enfatizó.
“Independientemente de si se trata de una ley o un decreto, la seguridad jurídica y el principio de certeza están por encima de cualquier cuestión formal, si hoy a casi un año de la entrada en vigencia de la norma, no podemos saber cómo se aplica una ley, sin dudas se está lesionando un derecho, y se está atentando contra la previsibilidad que todo sistema jurídico necesita , concluyó Sasovsky.
Passarelli remarcó que existen ciertas cuestiones que la reglamentación debe definir. No son detalles. Son definiciones.
Así lo establece la propia ley, delegando en el Poder Ejecutivo la facultad para determinar el alcance del impuesto en ciertos casos, aunque dicha delegación pueda ser cuestionable, por no respetar el principio constitucional de legalidad.
Es, por ejemplo, el caso de los Fondos Comunes de Inversión que estén compuestos por acciones del país, las que están exentas: la ley determinó que quedará exento el FCI, si el mismo se integra como mínimo en un porcentaje que deberá determinar el Poder Ejecutivo con la reglamentación y, aparentemente, dicho porcentaje quedará en un 75% del total de activos subyacentes, puntualizó Passarelli.
En esos casos, claramente, se necesita la reglamentación. Caso contrario, no se puede saber cuándo quedará exento, cuándo quedará gravado y, en ese caso, a qué tasa (5% o 15%), agregó.
No obstante, Passarelli opinó que el impuesto es un hecho. Es decir, que aplica desde el 2018, a pesar de que la reglamentación salga en 2019.
Ojalá no fuera así. Y el Gobierno se diera cuenta del error gravísimo que cometió al establecer este impuesto sobre la renta financiera. Pero la ley ya existe y se debe respetar, enfatizó Passarelli.
Además, se debe tener en cuenta que el borrador del reglamento está en la página de la Secretaría de Ingresos Públicos. Por lo cual, lo más probable es que se promulgue en breve, aseguró.
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