Recarga eléctrica: qué requisitos deben cumplir las estaciones que den el servicio

Incorporan al Registro de Bocas de Expendio a los servicios de recarga eléctrica. Qué tendrán que presentar para poder estar habilitados.

El Gobierno da el primer paso para establecer las reglas del juego en el negocio de los autos eléctricos. Estableció las condiciones de seguridad y las disposiciones técnicas para que las estaciones de servicio tradicionales puedan incorporar terminales de recarga para este tipo de vehículos. Hasta el momento solo existían dos puntos de carga eléctrica disponibles bajo la marca Axion.

Mediante la disposición 283/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles, dependiente del Ministerio de Hacienda, incorporó al Registro de Bocas de Expendio de combustibles a los servicios de recarga eléctrica. Los mismos podrán ser instalados tanto en estaciones de servicio que comercializan combustibles líquidos como así también en las de GNC.

Los puestos de recarga deberán ser del tipo SAVE (Sistema de Alimentación Específico del Vehículo Eléctrico) y deberán contar con función de control piloto, es decir, cualquier medio que asegure que satisfacen las condiciones de seguridad. A su vez, aquellas estaciones de servicio que quieran contar con estos puntos deberán establecer una zona de recarga definida con cartelería y pintura sobra el piso.

La medida establece las condiciones y documentos que se deberán acreditar ante la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización para conseguir la autorización y su respectiva inscripción en el registro. Los interesados deberán presentar un anteproyecto con el plano de distribución de las instalaciones, el detalle técnico de los puestos y, en caso de tener una distancia menor a 20 metros entre los surtidores y los tótems de recarga, un procedimiento ante derrame de combustible.

A su vez, tendrán que brindar:

  • Datos de la persona física o jurídica responsable de la boca de expendio
  • Datos del responsable legal
  • Cantidad de puestos de recarga a registrar
  • Certificado de seguridad eléctrica
  • Certificado de auditoria de seguridad correspondiente al tipo de instalación y protocolo de puestos de recarga
  • Permiso para el inicio de actividad de la autoridad jurisdiccional correspondiente
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Carta de factibilidad de la distribuidora de energía eléctrica

En caso de tener bocas de expendio de GNC, también necesitará una constancia emitida por la distribuidora de gas con su no objeción a la instalación de los puestos de recarga.

La petrolera estatal YPF había instalado surtidores eléctricos en 2017, en su sucursal ubicada en Godoy Cruz y Demaría, sin embargo, no comercializaba electricidad debido a la falta de regulación. Por su parte, Axion comenzó a utilizarlos a fines del año pasado, pero vendía la energía ‘sin costo’. Nissan instaló cargadores en algunas de sus concesionarias en CABA y GBA, mientras que Neuquén lanzó sus propios cargadores, a través de ABB Argentina, en una estación de bicicletas eléctricas.

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