Cuarentena: ¿el 30 de marzo es feriado puente?
Por el coronavirus y la cuarentena, el calendario de feriados 2020 quedó alterado. El feriado del 2 de abril se adelantó al martes 31 de marzo. La duda es qué pasa con el día anterior.
El jueves 19 de marzo, algo que parece tan lejano ya después de los intensos días transcurridos, el presidente Alberto Fernández dijo en conferencia de prensa que se ponía en marcha el proceso de aislamiento preventivo y obligatorio que duraría hasta el 31 de marzo. Ese mismo día el mandatario avisó que el feriado del 2 de abril se adelantaría para el martes 31 de marzo y que el lunes 30 lo iban a declarar feriado puente. Finalmente, eso no será así. Y aunque recién ahora comienza a preocupar el tema, el día después del anuncio se supo, a través del DNU 297/2020, que el 30 de marzo será considerado un día hábil como cualquier otro, aunque con las limitaciones laborales que establece la cuarentena.
El argumento esgrimido el jueves anterior sobre por qué era bueno acumular feriados tenía su base en que a mayor cantidad de días inhábiles, el Gobierno se aseguraba un mejor cumplimento de este tiempo de aislamiento. “Para que de ese modo tengamos todos estos días la posibilidad de quedarnos en nuestras casas y evitar seguir trasladando el virus de persona a persona , expresó el Presidente durante el anuncio.
El DNU 297/2020 que fijó el aislamiento social preventivo y obligatorio, en su artículo 7 sólo hizo referencia a que “por única vez el feriado del 2 de abril por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas “será trasladado al día martes 31 de marzo de 2020 .
Para que un feriado puente o no sea considerado como tal debe quedar plasmado por ley o por decreto.
Para que un feriado puente o no sea considerado como tal debe quedar plasmado por ley o por decreto.
¿cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?
Para entender la diferencia es preciso recurrir a la Ley 27.399 que establece el calendario de feriados nacionales en la República Argentina.
En la misma se establecen, además de los días feriados, los días declarados como no laborables. En Semana Santa, particularmente se da el caso de contar con ambos días: Jueves Santo (no laborable) y Viernes Santo (feriado).
Luego, hay que ir a la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, que puntualiza que norma legal rige para cada uno.
Según el artículo 166 de la ley en cuestión en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical.
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"Los trabajadores que no gocen de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", señala el artículo.
El artículo 167, en tanto, regula a los días no laborables y dispone que "el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines".
Y añade: "En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador".