

El impuesto a la herencia es un arancel que se cobra en algunos casos y es obligatorio para todas aquellas personas que sean residentes en la provincia de Buenos Aires y reciban bienes en dicho territorio. El Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes se encuentra vigente desde el año 2011 y es importante conocer al detalle cómo se aplica y de qué manera.
Dentro del artículo 91 de la Ley 14.044 de la Provincia de Buenos Aires se establece que "todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma, estará alcanzado con el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes".

Esto significa que cuando una persona radicada en la provincia de Buenos Aires recibe una herencia por un bien en dicho territorio, deberá abonar la alícuota correspondiente por el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes de ARBA.
En qué casos se debe pagar el impuesto a la herencia
El Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes de la Ley 14.044 "alcanza al enriquecimiento que se obtenga en virtud de toda transmisión a título gratuito", expresa el artículo 92 de la disposición y esto se extiende a una amplia variedad de tipos de herencias.
En este sentido, dicho arancel se aplica sobre las herencias, los legados, las donaciones, los anticipos de herencia y cualquier otro hecho que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito, según se indica en el artículo mencionado anteriormente.

Además, el artículo 90 sustituyó al artículo 183 de la antigua Ley 13.688 e indca que "se establece el impuesto a la transmisión gratuita de bienes cuyo objetivo sea gravar todo aumento de riqueza a título gratuito, incluyendo: Herencias, legados, donaciones, renuncias de derechos, enajenaciones directas o por interpósita persona en favor de descendientes del transmitente o de su cónyuge, los aportes o transferencias a sociedades".
En dónde se paga el impuesto a la herencia
Actualmente el impuesto a la herencia se encuentra vigente únicamente en la provincia de Buenos Aires. Por ende, en todo el resto del país no se cobra y en el caso que una persona residente en dicho territorio reciba un bien en otra provincia, igualmente deberá abonar el arancel.
Por su parte, al recibir una herencia es obligatorio completar una declaración jurada ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) para realizar el pago correspondiente. No obstante, cuanto mayor sea el grado de parentesco entre la persona fallecida y el heredero, menor será la carga que se deba abonar por la alícuota.
Cuánto se paga de impuesto a la herencia en Buenos Aires
El importe que se cobra por el impuesto a la herenciava del 1,6% al 9,5% dependiendo de cada caso. Además, estos parámetros se toman sobre el valor del bien y la relación entre el heredero (que puede ser más de uno) y el causante, es decir la persona fallecida.
Asimismo, el pago se realiza por una sola vez y cuando se realiza ya queda cubierto y no se volverá a abonar un impuesto de esta índole.


