

El Código Civil y Comercial establece límites a la libertad de repartir una herencia y protege los derechos de los hijos, incluso cuando existe un testamento que favorece a uno solo.
En Argentina, una persona no puede disponer libremente de todo su patrimonio para beneficiar a un único descendiente si eso implica vulnerar la porción que la ley reserva a los demás herederos.
Sin embargo, sí puede favorecer a uno de sus hijos dentro de ciertos límites legales.
Qué dice el Código Civil sobre dejar toda la herencia a un solo hijo
Los artículos 2444 y 2445 del Código Civil y Comercial de la Nación regulan la porción legítima, es decir, la parte de la herencia que la ley reserva a determinados herederos y que no puede ser vulnerada mediante un testamento ni por ciertas donaciones realizadas en vida.
El artículo 2444 reconoce esta protección a los descendientes, los ascendientes y el cónyuge. Por su parte, el artículo 2445 establece que la legítima de los descendientes equivale a dos tercios de la herencia, mientras que la de los ascendientes y la del cónyuge es, en cada caso, de la mitad, según las reglas legales aplicables.
Por eso, si una persona tiene varios hijos, no puede dejarle todo su patrimonio a uno solo y privar a los demás de la parte que les corresponde por ley.
Aunque el testamento exprese esa voluntad, las disposiciones que vulneren la legítima pueden ser reducidas judicialmente.
Qué porción de la herencia puede recibir un solo hijo

La legislación argentina permite que una persona favorezca a uno de sus descendientes, pero no puede desconocer los derechos hereditarios protegidos por la ley.
Cuando existen hijos, la porción legítima representa dos tercios del patrimonio computable. El tercio restante es la porción disponible, sobre la cual el titular puede decidir libremente, respetando las demás disposiciones legales.
Esto significa que un padre o una madre puede beneficiar a uno de sus hijos con la parte disponible, además de la porción que le corresponda como heredero. Sin embargo, esa decisión no habilita a eliminar los derechos de sus hermanos sobre la legítima.
En qué casos el fallecido puede dejarle todos sus bienes a una sola persona
La libertad total para testar existe cuando la persona no tiene herederos legitimarios, es decir, no deja descendientes, ascendientes ni cónyuge.
Como los hermanos, sobrinos y otros parientes no tienen legítima, en ese caso puede designar a una sola persona, familiar o no, como destinataria de todo su patrimonio.
También puede ocurrir cuando los herederos legitimarios son declarados indignos por la Justicia. La indignidad solo procede en los supuestos previstos por la ley (como haber atentado contra la vida del causante u ocultar su testamento) y debe ser resuelta por un juez. No alcanza con la voluntad del fallecido ni con conflictos familiares.
A su vez, en algunos casos los descendientes del indigno pueden ocupar su lugar y recibir lo que a él le habría correspondido.
Qué pueden hacer los hijos excluidos de una herencia
Cuando un testamento asigna todos los bienes a uno de los hijos y deja afuera a los demás, los herederos afectados pueden recurrir a la Justicia para reclamar que se respete su porción legítima.
El Código Civil y Comercial contempla herramientas específicas para proteger ese derecho. Entre ellas se encuentran la acción de entrega de la legítima (cuando el heredero fue completamente excluido) y la acción de complemento o de reducción (reguladas desde el artículo 2450 y siguientes), que permiten cuestionar las disposiciones testamentarias o las donaciones que afecten la parte reservada.
El reclamo no significa que todo el testamento quede anulado: en general, la finalidad es limitar los puntos que excedan lo que la persona podía disponer libremente, hasta restablecer la legítima afectada.
Por eso, ante una exclusión hereditaria, es importante analizar el testamento, los bienes que integran el patrimonio y las donaciones realizadas en vida. La voluntad del fallecido no alcanza, por sí sola, para eliminar los derechos que la legislación reconoce a sus herederos.
Ante una situación de este estilo, lo recomendable es consultar con un abogado especialista en sucesiones o con un escribano, quienes podrán analizar la documentación y el patrimonio y orientar sobre los pasos a seguir.


