

El domingo 26 de octubre se llevarán a cabo en todo el país las elecciones legislativas nacionales, en las que se renovará la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio del Senado.
En esa misma jornada, Santiago del Estero llevará a cabo sus comicios provinciales. La convocatoria fue oficializada a través del Decreto Provincial N°2025-1178.
Elecciones en Santiago del Estero: qué se vota el 26 de octubre
Además de elegir a tres diputados y tres senadores nacionales, el electorado deberá votar por gobernador y vicegobernador, renovar 40 bancas en la Legislatura provincial, y designar autoridades municipales en distintas localidades del interior.
En algunas localidades, como Clodomira y Villa Atamisqui, se eligen cargos municipales adicionales.
Boleta Única
Por tratarse de una elección combinada, se utilizarán dos sistemas de votación: la Boleta Única de Papel (BUP) para los cargos nacionales, y la boleta partidaria tradicional para las categorías provinciales. De esta manera, cada elector recibirá dos boletas y deberá emitir su voto en dos urnas distintas.
Padrón electoral 2025: dónde te toca votar este domingo
La Cámara Nacional Electoral (CNE) ya habilitó el padrón definitivo, que permite a cada ciudadano consultar el establecimiento, la mesa y el número de orden asignado para emitir su voto.
Podés hacer la consulta ingresando al sitio oficial https://www.padron.gob.ar. El procedimiento es gratuito y puede realizarse desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
Elecciones 2025: ¿quiénes no votan el 26 de octubre?
Según el Código Electoral Nacional de Argentina, existen exenciones a la obligatoriedad del voto para ciertos grupos de ciudadanos. Las excepciones que mencionaste están contempladas en la Ley 19.945 y son válidas para elecciones nacionales.
Están exceptuados de votar
Jueces y auxiliares de la justicia:
- Solo si están afectados a tareas durante la jornada electoral.
Ciudadanos mayores de 70 años:
- El voto es optativo, no obligatorio.
Personas que se encuentren a más de 500 km del lugar donde deben votar:
- Deben justificar que el alejamiento se debe a motivos razonables y que no pueden trasladarse.
Personas enfermas o imposibilitadas por razones de fuerza mayor:
- Necesitan certificado médico oficial que acredite su situación.
Trabajadores de servicios públicos esenciales:
- Que por razones de servicio no puedan concurrir a votar.
- El empleador debe notificarlo a la Justicia Electoral al menos 10 días antes de las elecciones.
Aunque estén exceptuadas de votar, estas personas deben justificar su no emisión del voto ante la Justicia Electoral o podrían ser sancionadas o multadas. La justificación puede hacerse en línea o de manera presencial, generalmente dentro de los 60 días posteriores a la elección.




