

El lunes 29 de septiembre fue declarado feriado para los trabajadores del sector mercantil en todo el país, en el marco de la celebración del Día del Empleado de Comercio.
A diferencia de otros años, en 2025 la fecha original del 26 de septiembre fue trasladada por acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales entidades empresariales del sector.
El convenio fue firmado a fines de agosto entre los representantes de la FAECyS, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
¿Por qué se trasladó la fecha del Día del Empleado Público?
Aunque la fecha oficial es el 26 de septiembre, este año se acordó trasladar la celebración al lunes 29. La decisión busca favorecer la organización del sector y permitir un fin de semana largo para los empleados del rubro.

Sin embargo, no todos los sectores aplicarán el traslado en la misma fecha. Según el comunicado oficial de FAECyS, el feriado se celebrará de la siguiente manera:
- Rama General: lunes 29 de septiembre.
- Rama Turismo: se propuso el sábado 27 de septiembre como fecha tentativa.
- Centros de Contacto: viernes 26 de septiembre.
- Santa Fe: último miércoles de septiembre, en el marco de un acuerdo local.
¿Qué comercios permanecerán cerrados el lunes 29 de septiembre?
La medida afecta principalmente a supermercados, cadenas mayoristas, shoppings y centros comerciales, que suelen cerrar sus puertas durante esta jornada. En cambio, los pequeños negocios de barrio, atendidos por sus dueños o familiares, pueden decidir abrir, ya que no están obligados a cerrar.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) aclaró que la modalidad de aplicación del feriado debe ser acordada entre empleadores y trabajadores, respetando los derechos establecidos por la ley.

Día del Empleado de Comercio: ¿por qué se celebra?
Este día se celebra cada 26 de septiembre en Argentina gracias a la sanción de la Ley 26.541, que establece esta fecha como jornada de descanso para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
La normativa equipara este día a un feriado nacional, garantizando el descanso obligatorio y el cobro del salario íntegro para quienes se desempeñan en el sector. El objetivo de esta conmemoración es reconocer el aporte diario de uno de los sectores más numerosos del empleo privado en el país.
¿Cómo se paga si se trabaja el feriado?
El Día del Empleado de Comercio tiene carácter de feriado nacional para quienes están bajo el convenio mercantil. Por lo tanto:
- No se descuenta del salario si el trabajador decide no asistir.
- No se exige justificar la ausencia.
- No se otorga franco compensatorio si se trabaja.
- Se paga doble a quienes presenten servicios ese día.
El derecho al descanso está garantizado, y la decisión de asistir queda en manos del trabajador. En todos los casos, el empleador debe respetar lo establecido por la ley y acordar previamente la modalidad de trabajo.




