

El proceso de sucesión está regulado por el Código Civil y Comercial, que determina cómo se transmite el patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Esta transmisión incluye bienes, derechos y deudas, y se realiza a través de un procedimiento judicial.
Sin embargo, no todas las personas vinculadas al causante pueden recibir parte de la herencia. Existen casos en los que ciertos individuos son considerados "indignos" y, por lo tanto, quedan excluidos de la sucesión, sin posibilidad de acceder a ningún bien, aunque tengan lazos familiares directos.
¿Qué tipos de sucesión existen?
En Argentina, hay dos formas de tramitar una sucesión según exista o no un testamento válido que disponga la distribución de los bienes:
- Sucesión testamentaria: se aplica cuando el fallecido dejó un testamento válido que expresa su voluntad sobre la distribución de sus bienes.
- Sucesión intestada: ocurre cuando no hay testamento, este es inválido o no abarca todos los bienes. En este caso, la ley determina quiénes son los herederos y cómo se reparte la herencia.

¿Quiénes son considerados indignos y no pueden heredar?
El Código Civil y Comercial establece que las siguientes personas no pueden recibir bienes del causante por ser consideradas indignas:
- Quienes hayan cometido o sido cómplices de delitos dolosos contra el causante, sus hijos, padres, cónyuge, conviviente o hermanos.
- Quienes hayan maltratado al causante o ofendido su memoria.
- Quienes hayan acusado o denunciado falsamente al causante por un delito.
- Quienes no denunciaron la muerte del causante ocurrida por un delito doloso dentro de un mes.
- Parientes o cónyuge que no brindaron alimentos al causante o no lo asistieron cuando no podía valerse por sí mismo.
- El padre extramatrimonial que no reconoció voluntariamente al causante cuando era menor.
- El padre o madre que fue privado de la responsabilidad parental.
- Quienes influyeron en la voluntad del causante para modificar o revocar un testamento.
- Quienes falsificaron, ocultaron, sustituyeron o alteraron el testamento.

La exclusión por indignidad se logra mediante una demanda judicial iniciada por otro heredero o interesado en la sucesión. No obstante, el causante puede perdonar al indigno si lo incluye en un testamento posterior a la causa de indignidad, siempre que haya tenido conocimiento de los hechos.
¿Cómo se reparte la herencia?
La ley establece una porción legítima para los herederos forzosos:
- Descendientes (hijos): 2/3 de la herencia.
- Ascendientes (padres): 1/2 de la herencia.
- Cónyuge: 1/2 de la herencia.
En sucesiones intestadas, los bienes se reparten según el orden legal: descendientes, ascendientes, cónyuge y parientes colaterales hasta el cuarto grado. Si no hay herederos ni legatarios, la herencia se declara vacante y pasa al Estado.
Paso a paso: ¿cómo es el proceso sucesorio en Argentina?
El procedimiento sucesorio se realiza ante un juez competente y sigue estos pasos:
- Inicio del juicio: un heredero solicita la apertura de la sucesión en el juzgado del último domicilio del fallecido.
- Presentación de documentación: certificado de defunción, actas de nacimiento o matrimonio, títulos de propiedad.
- Declaratoria de herederos: el juez reconoce a los herederos legales o valida el testamento.
- Inventario y tasación: se realiza un listado de bienes y su valoración.
- Partición y adjudicación: los bienes se distribuyen según lo que establece la ley o el testamento.





