Promoción industrial: las provincias, sin autonomía

Las provincias beneficiados con la ampliación del régimen de promoción industrial no gozan de una autonomía total para la aprobación de los nuevos proyectos o inclusive para ampliar los existentes, a pesar de que la ley se las otorga.

“La Autoridad de Aplicación continúa siendo el Estado Provincial, quien por otra parte deberá establecer por acto particular la aprobación de los nuevos proyectos o la ampliación de los ya existentes, teniendo en cuenta para ello que la fecha límite para la puesta en marcha no podrá exceder el 31 de diciembre de 2012 , explicaron Alberto Mastandrea y Edgardo Ponsetti, del estudio BDO Becher.

Sin embargo, para gozar de los beneficios será necesario contar con un dictamen vinculante y favorable del Ministerio de Industria y Turismo emitido dentro de los 30 días del dictado del acto de aprobación, añadieron los especialistas.

El Poder Ejecutivo Nacional dictó en mayo el Decreto 699/2010 mediante el cual restableció el régimen de promoción de la Ley 22.021 (Régimen especial de franquicias tributarias) para nuevos proyectos industriales o para la ampliación de los ya existentes en Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis. La Ley 22.021 dispuso importantes beneficios impositivos (exenciones, liberaciones y deducciones en el pago de tributos) con relación al Impuesto a las Ganancias, IVA, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y derechos de importación, para aquellas empresas dedicadas a las actividades agrícola ganaderas, industriales y turísticas que se radiquen en esas provincias. Con el Decreto 699/2010 se extendió por el término de 2 años sólo con relación al IVA y al Impuesto a las Ganancias y únicamente para proyectos industriales. En cuanto a la liberación, la misma se establece en el orden máximo del 45% para cada uno de los tributos involucrados, indicaron Mastandrea y Ponsetti.

De acuerdo con los fundamentos del decreto, se busca salvaguardar los intereses económicos del país y evitar el impacto de la crisis financiera mundial, recordaron. “Se apunta a disminuir los actuales niveles de desocupación, toda vez que para la ampliación de los proyectos ya existentes obliga a mantener la cantidad de trabajadores comprometidos originalmente; mientras que de tratarse de nuevos proyectos, se debe incrementar la mano de obra actualmente ocupada. En ambos casos, los beneficios estarán en función a la masa salarial y a las inversiones comprometidas , agregaron.

Además, las provincias beneficiadas deben adherir y firmar un Convenio de instrumentación con la Nación.

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