RECONOCE LA PERSONER A DE SINDICATOS DE EMPRESA AUNQUE EXISTA UN GREMIO DE ACTIVIDAD

Otro fallo contra el monopolio sindical

La Justicia volvió ayer a fallar contra el modelo que consagra el monopolio de la representación sindical. Una sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del artículo 29 de la ley de Asociaciones Sindicales que impide conceder la personería gremial a un sindicato de empresa cuando en su zona de actuación o actividad existe una asociación sindical de primer grado.

El fallo, además, ordenó al Ministerio de Trabajo permitir que la Asociación del Personal de la Universidad Católica de Santa Fe (APUC) pueda demostrar que es el sindicato más representativo en la empresa en que se desempeña, por sobre el gremio de actividad Utedyc, y dispuso que en el caso de que esa representatividad sea comprobada se le otorgue la personería gremial que reclama.

Según la sentencia que lleva la firma de los jueces Estela Ferreirós y Héctor Guisado, el artículo 29 de la ley 23.551 “contraría los principios consagrados por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) al que adhirió el Estado argentino, por lo que “resulta también contrario al orden normativo establecido por nuestra Constitución nacional , indicaron los magistrados

La causa se inició a partir de un planteo formulado por los responsables de APUC (una asociación constituida por el personal no docente de la Universidad Católica de Santa Fe) luego de que el Ministerio de Trabajo rechazo su pedido de personería gremial por entender que ya existía un sindicato de actividad (en este caso Utedyc) que tenía la potestad de la representación gremial del sector. Si bien el gremio intentó demostrar ante las autoridades laborales que era la asociación más representativa en la empresa, con más del 80% de los trabajadores afiliados, el reclamo no fue atendido por lo que decidió elevar el caso a la justicia.

El fallo de la Cámara se sumó así a las sentencias previas de la Corte Suprema de Justicia, que ya dictaminó la inconstitucionalidad de otros dos artículos de la misma ley por considerar que violentan los principios de libertad sindical. El avance de la Justicia contra la norma puso en jaque el monopolio sindical de la CGT y alienta el reclamo de personería de la CTA.

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