Macri y su herencia con beneficio de inventario

Un proyecto de ley del Ejecutivo porteño busca aval para revisar las concesiones en la Ciudad. Se habla de, al menos, 149 contratos vencidos. Legalmente, debería llamar a nuevas licitaciones y ajustar cánones. Los rescates aparecen como improbables.

Son 522 contratos los que deberán ser revisados por el gobierno porteño; 522 concesiones de las cuales, se sabe, al menos 149 están vencidas. En muchas otras, los cánones que se pagan estarían desactualizados. Se trata de contratos anteriores a la crisis de 2001, que nunca fueron renegociados.

Con esa herencia, el Ejecutivo macrista envió un proyecto de ley a la Legislatura para obtener el respaldo político que lo habilite a revisar uno por uno el estado de todas las tercerizaciones que tiene el Gobierno de la Ciudad. Los funcionarios esperan el momento en que esa ley se apruebe para volver a hablar con los medios.

Mientras, Ezequiel Cassagne, socio de Cassagne Abogados, un especialista que siguió el tema de cerca, analizó qué puede pasar cuando se abra la caja de Pandora.

z ¿Cómo se está planteando esta revisión?

z Hay un proyecto de ley, bastante avanzado, tendiente a revisar todos los contratos de servicios públicos de la Ciudad a través de la Dirección General de Concesiones.

La idea de esta nueva conducción se mantiene en el principio de subsidiariedad del Estado para las actividades de contenido económico-patrimonial, donde el sector público asume aquellas funciones que los particulares no quieren asumir.

Lo que busca el gobierno de Macri, sin dudas, no es una acción con miras a la estatización. Se trata, en realidad, de lo que debería hacerse en cualquier sistema de servicios concesionados: un control serio por parte del Estado.

Este proyecto busca crear una unidad encargada de controlar todos los contratos de servicios públicos para sacar una fotografía de los actuales servicios públicos de la Ciudad, revisando contrato por contrato.

Las renegociaciones de los contratos vigentes, si es que las hubiere, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de la Ciudad en un trámite en el que intervienen primero la Dirección referida, luego el Ministerio de Desarrollo Económico, luego un dictamen de la Procuración de la Ciudad, y de allí pasan a Jefatura de Gabinete. Ese es el procedimiento que prevé el proyecto de ley.

z Pero no hace falta una ley para que el Ejecutivo pueda controlar...

z Es cierto. No es necesaria la sanción de una ley para que el Ejecutivo pueda revisar los contratos de servicios públicos. Más que una potestad es un deber del Estado revisar estos contratos a través del control diario.

Lo que quieren es revisar la herencia que reciben y este proyecto se hace para evitar cuestionamientos políticos a través de una ley previa que habilite a la revisión.

Es un apoyo político, pero legalmente el Ejecutivo, como parte en el contrato de concesión con el privado, tiene facultades de control, de revisión, de revocación, de rescate.

z ¿Qué podrían encontrar? ¿Qué les preocupa?

z Han advertido en algunos servicios públicos la existencia de contratos vencidos con prórrogas de hecho, ni siquiera por acto administrativo, pero lo que creo que más les puede preocupar son los cánones.

Algunos de ellos, como consecuencia de la emergencia económica y la salida de la paridad cambiaria, están bajos.

z Supongamos que encuentran cosas que hacen ruido. ¿Qué puede pasar?

z Si la irregularidad es muy grave, se puede hacer un rescate por razones de interés público. Si el tema es de cánones bajos y el contrato no está vencido, se puede renegociar. Si el contrato está vencido, se está obligado a llamar a una nueva licitación. El propio proyecto de ley prohíbe prorrogar concesiones.

Por eso están obligados a revisar los contratos, por todos los posibles oferentes que quieran jugar esta partida. El principio en materia de licitaciones debe ser el de la máxima concurrencia; para eso está establecido el sistema de concesión de servicios públicos, para que exista un pie de igualdad entre los posibles oferentes y que el Estado pueda elegir al proveedor más conveniente.

Además del supuesto de convocar a nuevas licitaciones y del supuesto de renegociaciones de concesiones que aún están vigentes, se pueden dar dos escenarios más: que se detecten incumplimientos que ameriten la rescisión de la concesión o que, por razones de interés público -oportunidad, mérito o conveniencia- decidan rescindir la concesión, debiendo indemnizar al concesionario.

z Supongamos que me siento a negociar. ¿Si no se llega a un acuerdo, el contrato se rescinde directamente?

z No. Cada contrato tiene sus particularidades. Hay algunos que son complicados de rescindir por cuestiones más fácticas que jurídicas. Por lo general, se trata de actividades que, para cumplirlas, requieren de una infraestructura y de una organización que no cualquiera puede asumir.

En esos casos, es probable que haya pequeñas renegociaciones parciales hasta llegar a una nueva la licitación.

Otra opción es el mencionado rescate, por el cual el Estado reasume la prestación del servicio por razones de interés público, porque ya no es conveniente que lo tenga el concesionario. Ese rescate genera un deber de indemnizar al concesionario, pero por lo general, rescatar no sirve: si se lo hace para hacer una nueva licitación, sería contradictorio, y lo más recomendable serían esas renegociaciones parciales, y tampoco está en la filosofía de este gobierno hacerlo para que el Estado reasuma la prestación.

z Dentro de las actuales adjudicatarias hay empresas con una larga trayectoria de relación con el Estado. Alguna de ellas, en su objeto social, prevé desde la comercialización de golosinas hasta la provisión de armas, balas y explosivos. ¿Hay control sobre eso?

z El primer control de los servicios públicos es la licitación misma: el verdadero filtro para analizar los antecedentes de cada empresa, la oferta técnica, la capacidad patrimonial.

Ese control también se da entre los distintos oferentes que pujan por ganar. Hay, entonces, un doble control. El del Estado y el de los privados. Y ése es el momento para evitar ese tipo de ingresos. En la teoría, una licitación pública es perfecta... pero puede fallar.

z ¿Y si falla? ¿Si se elige a la empresa equivocada, qué queda?

z El control del ejercicio de la ejecución contractual, que es facultad del ente regulador.

z ¿Y funcionan en Ciudad? Porque siempre se habla de los Entes de Nación...

z No sé qué va a pasar ahora. Lo que sí sé es que han llamado a mucha gente técnica para componer sus cuadros.

z ¿Un ciudadano común podría accionar en esos casos?

z Es un tema de legitimación procesal que en la justicia de la Ciudad de Buenos Aires está bastante abierto. Pero podría presentarse, por ejemplo, la Defensoría del Pueblo, o lo podría denunciar un legislador o una asociación de usuarios.

Ariel Alberto Neuman

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