El poder de veto kirchnerista en el Consejo de la Magistratura

Por Pablo Abiad. Periodista y Abogado

La Constitución Nacional no define qué cantidad de miembros debe tener el Consejo de la Magistratura. El artículo 114, además de precisar las atribuciones de este órgano, sólo se refiere a una integración “periódica -rotativa, se puede entender- y a un “equilibrio en las representaciones. El Congreso primero fijó el número de consejeros en 19 (ley 24.939, en 1998), que se corrigieron a 20 (24.939) hasta que la última embestida oficialista en la materia los redujo a 13 (ley 26.080, en 2006) para poder dejar afuera a los opositores.

Igual que la intervención del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) o la persecución de otros posibles hechos de corrupción, por ejemplo, el Consejo es uno de los hitos de la agenda opositora para lo que queda del año. La cantidad de miembros del Consejo es parte importante del debate por el simple hecho de que el piso de cinco sillones que el kirchnerismo supo asegurarse, cuatro años atrás, es lo que le confiere un poder de veto crucial. Sin embargo, este número no puede ser el eje central de la discusión.

En la composición actual de 13, el oficialismo cuenta con dos diputados, dos senadores y el representante del Poder Ejecutivo Nacional, que juntos pueden bloquear o propiciar cualquier resolución. El proyecto que en su momento impulsó Cristina Fernández Kirchner no tenía mucho de novedoso: el Consejo de la Magistratura que su marido creó en Santa Cruz tiene menos integrantes (7), pero todos procedentes de organismos y corporaciones bajo control oficialista: el Ejecutivo provincial, el Superior Tribunal, la Legislatura, la Asociación de Magistrados, el sindicato de judiciales, el Colegio de Abogados y “el pueblo de la provincia , a través de un ciudadano elegido especialmente.

Iniciativas consensuadas ahora por las bancadas opositoras más grandes proponen aumentar la cantidad de consejeros sumando legisladores por las minorías y/o académicos y/o un juez de la Corte Suprema para que haga las veces de presidente. Ese nuevo Consejo podría tener entre 16 y 18 miembros, según borradores en los que trabajan radicales, socialistas, PRO-peronistas y demás. En la centroizquierda exhiben un reparo: sostienen que poner a un representante de la Corte al frente del Consejo implicaría traspasarle a la corporación judicial un privilegio del que hoy goza la corporación política en cabeza del oficialismo.

El cuestionamiento merece ser atendido. Si se restringe a la cantidad de miembros, el debate sobre el nuevo Consejo de la Magistratura estaría dejando de lado las otras razones que pueden explicar el fracaso del órgano que venía a transparentar el funcionamiento del Poder Judicial y a elevar la calidad del servicio de justicia.

El reemplazo de la sobrerepresentación de cualquier sector por una composición equilibrada y plural será, definitivamente, un gran paso. Pero, a la vez, la nueva ley debiera contemplar mecanismos para que el nuevo Consejo se haga cargo definitivamente de la obligación de administrar los recursos del Poder Judicial. ¿Es sólo por el poder de veto kirchnerista que al Consejo de la Magistratura le falta severidad en el análisis de las denuncias por mala conducta contra jueces y camaristas? Del mismo modo, no puede ser esa la única razón que explique la gran cantidad de concursos sospechados de amañamientos y tráfico de influencias, en detrimento de las chances de los más idóneos.

En un documento elaborado recientemente por varias ONGs (“Principios para una reforma democrática del Consejo de la Magistratura ) se reproduce un dato elocuente: en el 65 por ciento de los concursos para jueces federales, siempre hay por lo menos un candidato que, aunque no queda en la terna después de rendir los exámenes correspondientes, escala posiciones gracias a alguna impugnación o a la gran impresión que les causa a los consejeros en sendas entrevistas personales.

No es casual, entonces, que en el concurso para cubrir un cargo vacante en la Cámara Federal porteña -un tribunal fundamental en la investigación de delitos contra la administración pública se hayan inscripto 40 abogados y que apenas 7 se hayan presentado a dar el examen correspondiente. Semejante nivel de descrédito y escepticismo no puede ser propiedad exclusiva de nadie; más bien de todos.

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