

Mientras anoche en Córdoba el ex presidente Néstor Kirchner aseguraba que la Ley de Servicios de Comunicaciones Audiovisuales “ha sido paralizada por sectores de la Justicia que vienen de la dictadura militar , en la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal se terminaba de redactar un fallo que confirmaba otro del juez Edmundo Carbone que, en diciembre último, había ordenado como medida cautelar la suspensión de parte del articulado de la norma.
En la causa N° 8836/09 S.I.- “Grupo Clarín S.A. y otros S/Medidas Cautelares , la aplicación del artículo 161 de la nueva norma —es el que establece un año como plazo para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación.
De esta manera, la Cámara hizo lugar al recurso de apelación que había presentado el Estado nacional, en el marco de la causa que había iniciado Grupo Clarín S.A.
Pero lo que parecía una victoria del multimedio en su encarnizada pelea con el Gobierno nacional, termino siendo un triunfo a medias. En el mismo fallo, el tribunal revocó la suspensión del artículo 41 —que es el que se refiere a la transferencia de las licencias y que el juez Carbone también había suspendido—.
En el fallo firmado por los jueces María Susana Najurieta y Francisco de las Carreras, se especifica que “eliminado el efecto nocivo de la interacción de las dos normas impugnadas, en razón de la suspensión —que se confirma— de la aplicación del art. 161 de la ley 26.522, el Tribunal entiende que el art. 41 de la nueva ley contiene un principio conocido en el régimen anterior la intransferibilidad de licencias salvo autorización de la Autoridad de Aplicación —cuyos alcances en la nueva regulación y diferencias eventualmente dañosas exigen un debate propio del proceso ordinario .
“En tales condiciones, en el estrecho marco de esta medida cautelar, la subsistencia autónoma del art. 41 de la ley 26.522 no impresiona como lesiva con suficiente convicción sobre el peligro en la demora, resultando prudente preservar su vigencia, sin perjuicio de que nuevas circunstancias tornen conveniente la revisión de este criterio .
Así, en su resolución, la Cámara aceptó parcialmente a la apelación presentada por el Estado y, además, aclaró que es respecto de las empresas actoras.










