COMENTARIO SOBRE ALGUNAS CUESTIONES QUE DEBEN SER REVISADAS

Los puntos clave sobre el proyecto de Blanqueo Laboral

Hagamos númerosuna pequeña empresa decide contratar a un operario, acordando una remuneración "de bolsillo" de $ 30.000. Para que ello sea posible deberá calcular un salario "bruto" de aproximadamente $ 36.150, teniendo en cuenta que el mismo sufrirá como mínimo descuentos del orden del 17% en concepto de "aportes del trabajador" (11% ANSeS; 3% PAMI;3% Obra Social).

Por su parte, a esos $ 36.150 deberá adicionarle otro 23% -equivalente a $ 8.315-, correspondientes a "contribuciones patronales" (10,17%ANSeS; 1,50% PAMI; 6% Obra Social; 0,89% Fondo Nacional de Empleo; 4,44% Asignaciones Familiares). A grandes rasgos podríamos decir que, para que el trabajador cobre a fin de mes sus $ 30.000, el empleador debe abonar una suma aproximada de $ 44.465 (un incremento de más de un 48% entre aportes y contribuciones).

La tentación de muchos empleadores podría ser "no registrar" la relación laboral, ahorrándose de esa manera la suma $ 14.465 por mes y por cada trabajador, bajo el legítimo argumento de que "el negocio no da para más", o bien que dicho "ahorro" conllevará nuevas inversiones y la creación de nuevos puestos de trabajo.

Sin embargo, cuando la "manta es corta", los recursos que se ahorran de un lado, necesariamente repercuten en el otroy lo que podría ser visto como algo muy positivo para los empleadores, implicará en los hechos el desfinanciamiento del ya muy golpeado Sistema de Seguridad Social.

A estos trabajadores "precarizados"o "clandestinos" ni siquiera se les reconoce su condición (se los suele inscribir como "monotributistas"), y es frecuente ver que no se les paga horas extras, aguinaldo, vacaciones, y un largo etcétera.

Desde el gobierno han tomado nota de esta crítica situación, y una vez más han echado mano a la figura del "blanqueo" en busca de una solución. La noble idea: sacar a estos trabajadores precarizados de la "clandestinidad", lo que indefectiblemente llevará a que en un futuro se vayan engrosando las arcas de los distintos organismos que conforman la Seguridad Social a partir del mayor número de cotizantes.Hasta aquí la teoría. Corresponde ahora preguntarse: ¿qué le ofrece el gobierno a estos empleadores a cambio de esos casi $ 15.000 mensuales de más que en adelante deberán tributar? Y lo que es más importante aún: ¿cómo se perseguirá a aquellos "evasores" que hagan oídos sordos, y decidan no sumarse al "blanqueo"?

La primera pregunta encuentra respuesta en el proyecto de ley enviado recientemente por el Poder Ejecutivo al Congreso: quienes se acojan a la regularización verán condonada toda la deuda devengada con anterioridad a la sanción de la ley, produciéndose la extinción de la acción judicial y administrativa en caso de que la misma estuviera en curso. Es más: ni siquiera se tendrá que justificar el origen del dinero con el que la empresa pagaba clandestinamente a sus dependientes.

Como suele ocurrir en estos casos, se escucharán voces a favor y otras en contra del "blanqueo". Los primeros argumentarán que resulta necesario hacer "borrón y cuenta nueva", porque de lo contrario nunca lograremos erradicar ese 40% de trabajo "en negro" que escandaliza. Por el otro lado, aquellos que se oponen argüirán que siempre se premia al que hizo "mal" las cosas, en desmedro de aquellos otros que han cumplido rigurosamente con la norma. Y lo cierto es que ambos tienen razón.

La respuesta a la segunda pregunta resulta más compleja, ya que si lo que se persigue es que el mayor número posible de trabajadores sean "registrados", es lógico suponer que el proyecto prevea severas sanciones a quienes no se sumen al blanqueosin embargo, tal como se mostrará a continuación, llamativamente se adoptó el camino contrario.

Volvamos al caso de nuestro trabajador que percibe un sueldo de $ 30.000, al que le atribuiremos (arbitrariamente) una antigüedad de 10 años. En la actualidad la Ley 24.013 establece dos multas en caso de "trabajadores no registrados": la primera, prevista en el art. 15 de la citada norma, que establece la "duplicación de las indemnizaciones" en caso de despido injustificado, por lo que en lugar de pagar $ 300.000 (un mes por cada año trabajado), deberá abonar el doble, es decir, $ 600.000. Otro tanto pasará con la indemnización sustitutiva de preaviso, que en lugar de ser de $ 60.000 (2 meses), ascenderá a $ 120.000. Esta multa desaparece. La segunda multa es la prevista en los arts. 8, 9 y 10 de la misma ley, que establece una "indemnización" a favor del trabajador equivalente al 25% de las remuneraciones devengadas desde el inicio de la relación laboral. Si tenemos en cuenta que 10 años implican 130 salarios (considerando el aguinaldo), en la actualidad la dicha multa ascendería a $ 975.000.

La reforma prevé una importante modificación: la indemnización ya no será más a favor del trabajador (que, recordemos, fue quien "sufrió" la precarización en primera persona) sino a favor de los Organismos de la Seguridad Social. Y, por otra parte, la forma de calcularla será considerando el 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil (que en la actualidad asciende a $ 9.200) por cada mes devengado, ascendiendo a $ 598.000.Sin embargo, siendo esta "indemnización" a favor del Estado, y no del trabajador, es lógico suponer que la misma estará sujeta a quitas y planes de pago muy convenientes para los empleadores.

Así las cosas, parecería que las medidas tendientes al "blanqueo" de trabajadores no se corresponden con la decisión de eliminar multas a quienescontraten personal en forma clandestina. Y si a ello le sumamos se propicia la eliminación de los rubros variables (por ej., horas extras, premios, etc. -aunque sean normales y habituales-) de la base de cálculo de las indemnizaciones, y que nuestro Máximo Tribunal puso en tela de juicio situaciones de claro fraude laboral (como el de los trabajadores - monotributistas), el escenario parece complejizarse.

Más allá del "convite" del gobierno para el "blanqueo", son muchos los "incentivos" para que los empresarios no acepten ingresar al mismo: por empezar, sigue sin pagar los aportes y contribuciones (que en el ejemplo propuesto alcanzaban los $ 15.000 por empleado y por mes); asimismo, de ahora en más en caso de ser descubierto, las sanciones serán sensiblemente más bajas que las actuales, y serán cobradas por el Estado (que me ofrecerá planes de pago con quitas y cómodas cuotas); incluso, el empleador podrá argumentar que en realidad se está en presencia de una "locación de servicios", invocando para ello el reciente fallo de la Corte Suprema "Rica, Carlos c/ Hospital Alemán".

Y como si todos estos argumentos no fueran suficientes para decidir al empleador a no registrar a su trabajador clandestino, deberá tener en cuenta que el "blanqueo" conlleva un reconocimiento de la deuda condonadapero que si en el futuro se detectara otra irregularidad registral, el Estado podrá reclamarla en su totalidad, sin derecho al "pataleo" por parte del empleador que ha decidido acogerse a la regularización.

Podría decirse que estamos frente a un proyecto que si bien se arropa de una noble finalidad (sacar de la clandestinidad a los trabajadores), difícilmente sea bien recepcionada por el sector empresario, quien no encontrará mayor incentivo en reconocer tener trabajadores en forma clandestina.

Sólo un pequeño segmento, conformado por quienes estén próximos a ser "ejecutados" en sede administrativa o judicial por la falta de pago de aportes y contribuciones, se verán tentados en acogerse a los "beneficios" de la norma (condonación de la deuda), dejando un mensaje disvalioso en el aire: incluso cuando te atrapemos, a último momento podrás salirte con la tuya. En definitivano se avizora un promisorio futuro para este "blanqueo laboral" propuesto por el Ejecutivoa menos que se acepte que el Congreso le aplique una gruesa capa de maquillajemuy gruesa.

 

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