A través de esta columna se acercan situaciones curiosas que se presentan en nuestro sistema tributario, proponiendo un espacio de reflexión para el lector dentro del suplemento.

El pan común perdió la exención de IVA por problemas en la fiscalización impositiva

En nuestro país el pan común estuvo exento de IVA hasta el 31/10/2006 y a partir dicha fecha se encuentra gravado con una alícuota del del 10,5%.
En contraposición las facturas, galletas, bizcochos y los demás productos de panadería que se encontraban alcanzados con una alícuota del 21% de IVA vieron reducido su peso en la tributación al quedar también gravados al 10,5%
¿Como fue posible que nuestros legisladores hayan propiciado esta modificación en la ley de IVA incorporando el impuesto al producto más popular (pan común) y disminuyendo la carga tributaria a la mitad para los productos más selectos de panadería?.
Para ello hay que adentrarse en los fundamentos que dieron origen a la ley 26151 que originó dicha modificación.
La problemática giraba en torno a las distintas alícuotas existentes en la cadena productiva de comercialización del trigo, su molienda y elaboración, hasta llegar a los productos finales de panadería.
Se señalaba que "Dicho escalonamiento es el incentivo fundamental a comprar sin factura.." y también que "la evasión de la citada industria sería cercana al 40%" lo que equivalía en aquel momento "a casi 200 millones de pesos anuales".
En el último eslabón de comercialización también existía el problema de poder controlar la atribución del crédito fiscal por parte de las panaderías a productos exentos(pan) y gravados(facturas y otros) y el ya citado circuito marginal de compra de harina y venta de pan y otros productos, sin emitir comprobantes.
El 1/8/2006 al considerar el proyecto de la ley 26151, la comisión de presupuesto y hacienda se reunió con los presidentes de las Federaciones Argentinas de Industrias Molineras, de la industria del pan y afines; el secretario general de la Unión Obrera Molinera y un alto funcionario de la AFIP.
Allí se coincidió en "la necesidad de controlar la clandestinidad de la industria, con el consiguiente efecto en los aspectos de seguridad e higiene, evasión impositiva y registro de los empleados, evitando el alza del precio del pan". Este último objetivo fue logrado mediante un acuerdo de precios.
Los sectores participantes coincidieron en la importancia de la aprobación del proyecto para cumplir con los objetivos planteados por lo que el mismo cursó favorablemente las instancias legislativas.
El acuerdo de precios cumplió su ciclo, las alícuotas vigentes son las mencionadas y como puede observarse se puso el foco en controlar la evasión. Quizás hoy las posibilidades de evadir se han cerrado como producto de mejores controles y seguramente también cambió la cultura tributaria del sector. Quizás la exención al pan debería retornar y los productos más selectos de las panaderías deberían volver a tributar con la alícuota del 21%

(*) Mario Rapisarda es Contador Público Nacional, especialista en temas tributarios, graduado en la UNLZ. mjrapisarda8@gmail.com
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