SITUACIONES CURIOSAS DE NUESTROS TRIBUTOS

Cuando la evasión podría esconder un delito más grave

Hoy en nuestro país las palabras "Cuaderno", "Sobreprecio" "Evasión" y "Blanqueo" generan un sinnúmero de sensaciones. Los ciudadanos de a pie se preguntan si existe la posibilidad de haberse usado el blanqueo como cerrojo para obstaculizar la investigación de delitos que exceden a la evasión tributaria.

La ley del blanqueo 27260 en su art. 46 inc b) dispone "Quedan liberados de toda acción civil y por delitos de la ley penal tributaria, penal cambiaria, aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes y tenencias que se declaren voluntaria y excepcionalmente y en las rentas que éstos hubieran generado".

Sin embargo existen determinados delitos -como el fraude en perjuicio de la administración pública tipificado en el art. 174 inc. 5 del código penal- que exceden el marco tributario.

La Unidad de Información financiera es la encargada de prevenir este tipo de delitos (art. 6 ley 25245) y por su parte la AFIP (art. 20 ley 25245) es un sujeto obligado a informar a la UIF operaciones sospechosas.

El art, 86 de la ley de blanqueo al establecer las dispensas de efectuar denuncia penal por parte de la AFIP a los sujetos que blanquearon bienes, también establece que la AFIP se encuentra obligada a informar a la Unidad de Información Financiera todos los elementos que ésta requiera sin la posibilidad de oponer el secreto fiscal.

Ello quiere decir que beneficios fiscales derivados de la evasión tributaria que otorga el blanqueo de bienes pueden llegar a mantenerse, pero ello no implica que otros tipos de delitos (si existieron) pueden ser investigados y prosigan su curso, teniendo potencialmente consecuencias mucho más gravosas que las que se derivan de la evasión tributaria.

El 12/9/16 señalábamos en esta columna que "el sinceramiento fiscal es un espejo donde debemos mirarnos como sociedad" por diversos motivos, entre los que se había puesto de manifiesto en el congreso de la nación la puja por excluir o incluir dentro de los beneficios del blanqueo a determinados funcionarios y empleados públicos que ejercen funciones de control.

Nuestro país se encuentra atravesando una nueva crisis económica donde ya se habla de los efectos que esto tendrá en los niveles de pobreza

Los niveles de pobreza condicionan el acceso al conocimiento y el conocimiento es imprescindible para el desarrollo del país, en un mundo cada vez más competitivo.

Romper el esquema evasión-pobreza-corrupción es una obligación de todos.

En estos momentos el blanqueo deberá demostrar que fue creado únicamente para recomponer obligaciones tributarias evadidas y no como salvaguarda de delitos más graves. Debemos recorrer este camino para intentar de esta forma lograr disfrutar algún día de un país más justo. Nuestra justicia deberá decidir qué ocurre con aquellos sujetos que intentaron valerse del blanqueo para esconder un delito mayor (si ello ocurrió). Pero esto, ya no tiene que ver con cuestiones tributarias

 

 

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