El Banco Central publicó varias excepciones al cepo cambiario

La autoridad monetaria emitió una nueva comunicación en la que, entre otras cuestiones, permite a las empresas netear los ingresos y egresos de dólares por exportaciones y pago de importaciones. 

El Banco Central (BCRA) publicó hoy la comunicación "A" 6814 en la que tomó algunas medidas que flexibilizaron el cepo cambiario

Una de las decisiones permite el "neteo" de operaciones de comercio exterior. Esto implica que si una persona o empresa residente en el país hace una exportación e ingresa dólares pero luego los necesita para pagar una importación, puede evitar liquidar los dólares para aplicarlos directamente al pago.

Así, el BCRA busca evitar que se paguen costos extras, al tener que vender los dólares para luego volver a comprarlos al momento de hacer la importación

Para poder hacer uso de esa excepción los fondos tienen que ingresar y salir de cuentas bancarias que tengan la misma titularidad y los movimientos tendrán que ser neutros en materia fiscal. 

Una de las decisiones permite el "neteo" de operaciones de comercio exterior. Esto implica que si una persona o empresa residente en el país hace una exportación e ingresa dólares pero luego los necesita para pagar una importación, puede evitar liquidar los dólares para aplicarlos directamente al pago.

Las entidades tendrán que confeccionar dos boletos de compraventa de divisas (sin movimiento de pesos) y los clientes deberá presentar una declaración jurada en la que dejan constancia de que los fondos serán computados según los límites que normativamente correspondan al concepto de venta de cambio que corresponda y que no los excede.

Esta adecuación responde a la preocupación de algunas empresas que exportan e importan simultáneamente. Sin embargo, la nueva flexibilidad no alcanza a quienes hagan operaciones con empresas vinculadas en el exterior, ya que busca evitar que se hagan "compras ficticias" entre compañías del mismo grupo. 

"Hay muchas empresas que tienen que efectuar pagos de servicios a vinculadas y, a la vez, exportan servicios a sus casas matrices. Eso requiere conformidad del BCRA, aunque ellas preferirían compensar esas operaciones", comentó Francisco Molina Portela, del estudio jurídico Tavarone Rovelli Salim & Miani

Guiño para estirar deudas

El BCRA también estableció que no tendrá que dar su conformidad previa para acceder al mercado de cambios con el objetivo de precancelar (más de 3 días hábiles antes del vencimiento) los servicios de capital e intereses de deudas financieras con el exterior, en la medida en que se cumplan las siguientes condiciones: 

  • Esa precancelación se realice de manera simultánea con los fondos provenientes de un nuevo endeudamiento financiero, cuya vida promedio sea mayor al plazo promedio remanente de la deuda que se precancela. 
  • El vencimiento del primer servicio de capital del nuevo endeudamiento no sea anterior al primer vencimiento futuro previsto del servicio de capital de la deuda que se cancela.
  • El monto del primer servicio de capital del nuevo endeudamiento no sea mayor al monto del primer servicio de capital futuro previsto de la deuda que se cancela. 

"Hasta ahora no se permitía el acceso al mercado de cambios para adquirir moneda extranjera para precancelar deuda externa, sino que solo se podría adquirir moneda extranjera para pagar al vencimiento original", señaló Molina Portela.

Y agregó que eso debe leerse conjuntamente con lo previsto en otro punto de la nueva comunicación, según el cual "los fondos del nuevo endeudamiento podrán no ser liquidados contra pesos si son aplicados en forma simultánea a una operación permitida (en este caso, esa operación permitida sería precancelar deuda)". 

Cuentas de reserva

La normativa del BCRA también flexibilizó el acceso al mercado de cambios para la constitución de cuentas de reserva por deudas tomadas con el exterior. En muchos casos, los prestamistas exigen la constitución de una cuenta de garantía o fideicomisos donde el deudor tiene que ir depositando fondos a favor del acreedor. 

En la regulación original, la autoridad monetaria solo permitía acceder a dólares con este fin para deudas contraídas antes de la imposición del control de cambios. A partir de ahora, se puede recurrir al mercado cambiario para garantizar deudas tomadas luego del 1° de septiembre, cuando empezaron a regir los controles

Así, el organismo que conduce Guido Sandleris busca descomprimir el mercado de cambios, de modo que las empresas puedan ir haciendo varias compras más chicas en lugar de hacer una gran adquisición de dólares al final de la deuda. 

Cobertura de tasas

El BCRA también estableció que ya no será necesaria su conformidad previa para acceder al mercado de cambios con el objetivo de pagar primas y constituir garantías o cancelaciones que correspondan a operaciones de contratos de cobertura de tasa de interés por las obligaciones de residentes con el exterior declaradas y validadas "en tanto no se cubran riesgos superiores a los pasivos externos que efectivamente registre el deudor en la tasa de interés cuyo riesgo se está cubriendo con su celebración".

El cliente que acceda al mercado de cambios usando este mecanismo deberá firmar una declaración jurada en la que se compromete a ingresar y liquidar los fondos que resulten a su favor como resultado de dicha operación, o como resultado de la liberación de los fondos de las garantías constituidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.

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