El Banco Central amplía el control sobre las fintech: qué información les pide

En una nueva regulación, el BCRA estableció nuevos requisitos que este tipo de empresas deberán cumplir para "aportar transparencia" al sistema. Cuáles son.

En enero, el Banco Central (BCRA) lanzó el mes pasado dos regulaciones para darle marco a las empresas fintech. Por un lado, les indicó que depositen los saldos de sus clientes en cuentas bancarias a la vista, disponibles en todo momento. Por otro, las obligó a registrarse en un Directorio para aportar transparencia al sistema. 

En el marco de la regulación que estableció el registro de los PSP en un Directorio, el BCRA publicó hoy la Comunicación “A 6929, donde detalló pormenorizadamente la información que los "Proveedores de Servicios de Pago" (PSP) o billeteras digitales tendrán que enviarle mensual o trimestralmente

Según indicó la entidad que conduce Miguel Pesce, los requerimientos informativos entran en vigencia desde el 1° de marzo

Información para supervisión

El primer punto indica que los PSP tendrán que informar la cantidad y el saldo correspondiente a los fondos acreditados en cuentas de pago de los clientes

A la vez, por cada entidad financiera en la que se encuentren acreditados fondos de cuentas de pago de clientes, se deberá informar la CBU y el saldo en la cuenta a la vista

Los PSP también están obligados a brindar datos al BCRA acerca de los saldos invertidos en fondos comunes de inversión. Al respecto, tendrán que informar el saldo invertido por los clientes, la cantidad de clientes con inversiones e información específica sobre el tipo de fonfo y agente de administración del mismo.

Información estadística

El BCRA también les pedirá a los PSP una series de datos con objetivos estadísticos. Entre ellos: 

  • Cantidad de operaciones y montos.
  • El tipo de operación (por ejemplo, pagos enviados o recibidos, transferencias, etc.).
  • Cantidad de transferencias desde CVU (la Clave Virtual Uniforme, análoga al CBU pero en las billeteras digitales) hacia CBU y viceversa.
  • Número de transferencias enviadas y recibidas entre dos CVU
  • Cantidad de cuentas y clientes involucrados en cada transacción, desagregado según el uso sea comercial o personal.
Informe trimestral

En forma trimestral se deberá remitir un informe especial de auditor externo que certifique el cumplimiento de las normas sobre “Proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago y la integridad de la información contenida del régimen informativo.

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