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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó las fechas de vencimiento para las declaraciones juradas y para algunas obligaciones impositivas.

En un inicio, los vencimientos estaban fijados para los días 27 y 28 de febrero del corriente año, pero por "razones de administración tributaria", serán adelantadas para los días 23 y 24 de febrero.

AFIP: ¿cuáles son las obligaciones tributarias a pagar?

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

RégimenGeneral:

  • Se debe presentar la declaración jurada e ingreso de saldo resultante correspondientes al período fiscal de enero 2023. También, se adelantó el vencimiento de Libro de IVA Digital.
Terminación de CUITVencimiento
6 y 723 de febrero de 2023
8 y 924 de febrero de 2023

Micro y pequeñas empresas:

  • Abonarán el ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal de noviembre del 2022 y deberán presentar la declaración jurada del período fiscal de enero 2023.
Terminación de CUITVencimiento
6 y 723 de febrero de 2023
8 y 924 de febrero de 2023

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Actividad agropecuaria:

  • Deberán presentar la declaración jurada del período fiscal de enero de 2023 y también el ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero de 2023.
Terminación de CUITVencimiento
6 y 723 de febrero de 2023
8 y 924 de febrero de 2023
La AFIP cambió las fechas de vencimiento para las declaraciones juradas.
La AFIP cambió las fechas de vencimiento para las declaraciones juradas.

Por otro lado, establecieron que el 24 de febrero será lafecha de vencimiento para la determinación y/o ingreso de las obligacionestributarias. Anteriormente, tenían una fecha de vencimiento original para el 27 de febrero.

  • Impuesto país:
  • Ingreso de percepciones practicadas entre el 16 y 22 de febrero de 2023.
  • Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias:
  • Ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, del período entre los días 16 y 22 de febrero de 2023.
  • Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos:
  • Ingreso del gravamen correspondiente a las localidades o boletos entregados entre el 16 de febrero y 22 de febrero de 2023.

La AFIP realizó el anuncio a través de su cuenta oficial de Twitter y mediante comunicados oficiales, en donde explicó que la medida es de "carácter excepcional".