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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) anunció que a partir del 1 de octubre de 2025 entrará en vigencia un régimen de retenciones en billeteras virtuales.

La medida generó dudas entre los usuarios, pero el organismo aclaró que no se trata de un impuesto nuevo, sino de una adecuación en el cobro del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

¿Quiénes deberán pagar la retención en las billeteras virtuales?

La retención alcanzará únicamente a contribuyentes inscriptos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos. Esto quiere decir que:

  • Deberán pagar las personas físicas o jurídicas registradas en Ingresos Brutos.
  • No deberán pagar los usuarios comunes que reciben ingresos no alcanzados, como salarios, jubilaciones, pensiones o planes sociales (AUH, entre otros).

Según la resolución normativa 25/2025, publicada en el Boletín Oficial bonaerense, el régimen comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2025.

¿Qué billeteras virtuales estarán alcanzadas por la medida?

ARBA dispuso que varias billeteras digitales actúen como agentes de recaudación, de manera similar a los bancos. Entre ellas se encuentran:

  • Mercado Pago
  • Ualá
  • Naranja X
  • Cuenta DNI

¿Se trata de un impuesto nuevo o de una actualización?

ARBA aclaró que la medida no crea un nuevo impuesto. El objetivo es igualar el tratamiento fiscal entre los bancos y las billeteras digitales.

Hasta ahora, solo las entidades bancarias aplicaban retenciones sobre Ingresos Brutos. Con esta resolución, se busca garantizar la equidad entre distintos medios de pago y unificar el sistema de recaudación.