

Un análisis jurídico del Instituto para el Desarrollo Empresarial de la Argentina recomienda pedir la inconstitucionalidad de ocho artículos de la nueva Ley de Mercado de Capitales, "para ponerse a cubierto de eventuales excesos". Ataca los artículos 19 y 20 de la ley, que permiten a la Comisión Nacional de Valores (CNV) anular las decisiones del directorio de una empresa de capital abierto, a pedido de socios minoritarios y nombrar veedores. Y cuestiona los artículos 62, 85, 99 in fine, 143, 144 y 151.
"Consideramos que la sociedades sometidas a la fiscalización de la CNV contarían con legitimación para impugnar las disposiciones analizadas", en caso de así entenderlo necesario, indica el memorandum replicado por DyN.
Sostiene que deberían actuar para ponerse a cubierto de eventuales excesos de parte de la autoridad como los que parecen vislumbrarse a tenor de los términos de la Ley de Mercado de Capitales y su reglamentación.
La vía de impugnación sería la interposición de una acción declarativa de inconstitucionalidad prevista en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. "Junto con la acción podría requerirse el dictado de una medida cautelar tendiente a suspender los efectos de las disposiciones cuestionadas hasta que se resuelva la pretensión de fondo", dice.
Se justifica en que "la dudosa constitucionalidad de la norma se ve acentuada por el alto grado de discrecionalidad que se brinda a la CNV para adoptar una medida que restringe en forma drástica los derechos de la sociedad".


