Los bancos quedaron nuevamente habilitados a pagar intereses sobre cuentas corrientes, luego de que el Banco Central derogó una norma de 2010 que lo impedía.

“A partir de esta decisión, los bancos podrán pagar intereses a sus cuentacorrentistas, con tasas que se pactarán libremente y liquidación en un plazo no menor a 30 días , precisó la autoridad monetaria en un comunicado de prensa.

La norma establece además que estas “deberán ser exhibidas en las sucursales y en la publicidad de los bancos, tanto bajo la forma de Tasa Nominal Anual (TNA) como Tasa Efectiva Anual (TEA) .

Además indicó que las cuentas corrientes podrán tener otra clase de retribución de manera adicional a la tasa o bien en su reemplazo, siempre que sea establecido en forma precisa y legible en el contrato

El BCRA justificó la medida en la “intención de elevar el grado de competencia entre los bancos, dado que estos podrán incentivar a sus clientes actuales o potenciales mediante el pago de mayores tasas, con el consecuente beneficio para el depositante .