Dólar: bancos estatales "no podrán intervenir" a cuenta del Gobierno

Fue una práctica recurrente durante las gestiones de Sturzenegger y Caputo al frente del BCRA. El nuevo acuerdo establece que "solo la autoridad monetaria podrá implementar la intervención cambiaria". 

Tras la aprobación del préstams stand-by "ampliado" por parte del FMI, se conocieron los detalles del Memorándum de Políticas Económicas y Financieras (MPEF) acordado entre el organismo y la Argentina.

En esa carta de intención el Gobierno dio definiciones sobre cómo serán las participaciones, tanto del Banco Central (BCRA) como de entidades financieras estatales, en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).

Puntualmente, en la página 25 del documento de 31 carillas se establece que "sólo el BCRA podrá implementar la intervención cambiaria", aclarándose que "los bancos estatales no podrán participar en ventas oficiales de divisas en nombre del gobierno".

Solo el BCRA podrá implementar la intervención cambiaria (Captura)

De esta forma, se le cierra la puerta a una práctica que fue recurrente durante las gestiones de Federico Sturzenegger y Luis Caputo al frente de la autoridad monetaria.

Así, por ejemplo, el Banco Nación intervino en mayo en tres ruedas consecutivas, vendiendo un promedio de u$s 300.000.000 en cada rueda para evitar que la moneda estadounidense escalara en el MULC.

En el mismo capítulo, el memorándum establece que "en la próxima revisión en el marco del acuerdo Stand-By se elaborará un sistema para la conversión ordenada y transparente de los desembolsos del Fondo para cubrir las necesidades de financiamiento presupuestario, denominadas en pesos, en 2019".

Las claves del acuerdo con el FMI: los desembolsos, las bandas del dólar y cómo será el control de la inflación https://t.co/UOjU9lKNLv pic.twitter.com/xR675hMDXy

— Cronistacom (@Cronistacom) October 26, 2018
Bandas cambiarias

Asimismo el MPEF, ratificó que el BCRA tendrá la opción de vender dólares en el mercado de divisas sólo si la cotización supera el límite de $ 44 por dólar y comprar dólares en el mercado de divisas sólo si la cotización se sitúa por debajo de los $ 34".

Estos límites, vale mencionarlo, se ajustan desde el 1 de octubre a una tasa de 3% mensual y seguirán así hasta diciembre de este año inclusive. 

Como ya se sabía, "el BCRA podrá decidir (pero no está obligado a hacerlo) vender o comprar hasta u$s 150.000.000 diarios mientras la cotización se mantenga por fuera de los límites estipulados". 

Los datos diarios sobre el monto y la cotización de las transacciones entre el BCRA y cada una de sus contrapartes se proporcionarán al Fondo al final de cada día.

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