Murió la Ley de Alquileres: los inquilinos no podrán ser desalojados, aunque el dueño quiera vender el piso
¿Es legal que un casero ponga fin al contrato de alquiler para vender su propiedad?
El alquiler de viviendas en España se ha convertido en una alternativa popular frente a la compra de una vivienda, especialmente para aquellos que no quieren asumir una hipoteca.
Sin embargo, uno de los principales temores de los inquilinos es que el propietario decida dar por finalizado el contrato antes de la fecha acordada, especialmente si se trata de la venta de la vivienda. Pero, ¿es legal que un casero ponga fin al contrato de alquiler para vender su propiedad?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece normas claras sobre las condiciones en las que un propietario puede finalizar un contrato de alquiler, y uno de los motivos que puede generar incertidumbre es la venta de la vivienda.
¿Qué dice la ley sobre cancelar un contrato de alquiler para vender el piso?
La LAU establece que los contratos de alquiler tienen una duración mínima de cinco años si el arrendador es una persona física, o de siete años si es una persona jurídica.
Durante este tiempo, el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda, y el contrato se prorrogará automáticamente por plazos anuales, salvo que el inquilino decida no renovarlo, siempre y cuando lo comunique con al menos 30 días de antelación.
De acuerdo con la ley, una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y si el arrendador es una persona física, el contrato no se prorrogará obligatoriamente si, en el mismo contrato, se especificó que el arrendador necesita la vivienda para sí mismo o sus familiares de primer grado (en caso de divorcio, separación o nulidad matrimonial).
En este caso, el propietario podrá recuperar la vivienda, pero solo si notifica al inquilino con al menos dos meses de antelación, especificando el motivo de la recuperación de la vivienda.
Los derechos del inquilino si el propietario quiere vender la vivienda
Aunque el propietario pueda poner en venta la vivienda, la ley protege al inquilino, otorgándole un derecho de adquisición preferente. Esto significa que si el propietario decide vender el inmueble, el inquilino tiene la opción de comprarlo antes que cualquier otra persona, si así lo desea.
Si no está interesado en la compra, el inquilino puede seguir viviendo en la propiedad hasta que termine su contrato de alquiler, con las mismas condiciones acordadas previamente.
En algunos casos, el propietario puede intentar negociar la salida del inquilino ofreciéndole una compensación económica. No obstante, el inquilino no está obligado a aceptar ninguna oferta a cambio de abandonar la vivienda antes de que finalice su contrato.
De acuerdo con el portal inmobiliario Fotocasa, si el propietario alega que necesita recuperar la vivienda para su uso personal y posteriormente decide venderla, esto sería considerado una operación fraudulenta.
Consecuencias de la venta fraudulenta
Si el propietario solicita al inquilino que abandone la vivienda por razones personales y luego pone el inmueble a la venta, se estaría produciendo una actuación fraudulenta.
En este caso, si el propietario no ha ocupado la vivienda ni su familia en los tres meses siguientes al desalojo, el inquilino puede solicitar una indemnización equivalente a una mensualidad de alquiler por cada año restante del contrato o exigir la formalización de un nuevo contrato de arrendamiento en las mismas condiciones.