

En España, el conjunto normativo que regula las herencias establece un proceso para asignar bienes, derechos y obligaciones cuando una persona fallece. Este asegura que el patrimonio no quede sin destino y que los intereses legales queden protegidos, incluso en escenarios poco habituales.
Cuando no existen descendientes ni ascendientes, ni cónyuge, ni testamento, la ley activa un sistema estricto que determina quiénes pueden reclamar la herencia. En última instancia, si no se identifica a ningún heredero legítimo, la herencia puede pasar al Estado.
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Cuál es el mecanismo legal que se activa en estos casos
Cuando una persona muere sin haber dispuesto bienes mediante testamento o cuando éste es declarado nulo, se aplica lo que se conoce como sucesión intestada o abintestato. En esos casos, un juez o notario procede con una declaración de herederos abintestato para identificar legalmente quiénes tienen derecho a heredar.

La ley define un orden claro de prelación: primero los descendientes, luego los ascendientes, después el cónyuge supervisiente, y finalmente los parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, tíos, primos). Si todos estos vínculos están ausentes, la herencia termina en manos del Estado.
En la práctica, esto significa que incluso en los casos más extremos existe una regla para evitar que el patrimonio quede sin titular.
Cómo funciona la línea lateral
Cuando fallan las líneas directa y ascendente, la herencia se dirige hacia los parientes colaterales. Los hermanos son los primeros en el escalafón. Si un hermano ha fallecido, sus hijos (es decir, los sobrinos del causante) pueden heredar mediante el derecho de representación y ocupan el lugar del progenitor si éste ya no está.
Si no hay hermanos ni sobrinos, la búsqueda sigue hacia tíos, primos e incluso parientes más lejanos hasta el cuarto grado. Llegado el punto en que no queda ningún familiar con derecho reconocible, la ley estipula que el Estado asume la herencia.
También existe una figura llamada derecho a premio. En esos casos, quien denuncie ante la Administración la existencia de una herencia sin herederos puede recibir un porcentaje (normalmente un 10 %) del valor del patrimonio como compensación por su colaboración.
El rol del cónyuge cuando no hay descendientes ni ascendientes
La figura del cónyuge sobreviviente adquiere especial importancia en situaciones sin descendientes ni padres. Si están vivos los ascendientes del fallecido, el cónyuge recibe un usufructo sobre la mitad de la herencia.

Pero si tampoco sobreviven padres ni ascendientes, aquel cónyuge puede heredar la totalidad del patrimonio en pleno dominio.
En estos casos, la herencia se concentra en una sola persona sin que intervengan otros parientes. La normativa busca así mantener un orden y prevenir disputas jurídicas innecesarias.



