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En los últimos años, el debate sobre laLey de Alquileres genera incertidumbre tanto entre propietarios como entre inquilinos. Con las modificaciones recientes, muchos se preguntan bajo qué condiciones un casero puede solicitar la vivienda antes de la finalización del contrato.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula estos aspectos y establece que, para que un propietariopueda recuperar la vivienda para su propio uso, debe cumplir ciertos requisitos. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) también aclara las condiciones bajo las cuales se pueden realizar estas solicitudes, garantizando la estabilidad de los inquilinos y la seguridad jurídica en el mercado del alquiler.

Ley de Alquileres: ¿cuándo puede el casero recuperar la vivienda antes de finalizar el contrato?

La Ley de Arrendamientos Urbanos especifica en su artículo 9.3 queun casero podrá poner fin al contrato de arrendamiento antes de su vencimiento si necesita la vivienda para sí mismo o para familiares directos.

El propietario debe cumplir con seis requisitos fundamentales para recuperar la vivienda antes de que termine el contrato de alquiler. (Foto: archivo)
El propietario debe cumplir con seis requisitos fundamentales para recuperar la vivienda antes de que termine el contrato de alquiler. (Foto: archivo)

Sin embargo, esto no puede hacerse de manera arbitraria, sino que debe cumplir con 6 condiciones fundamentales:

  1. El propietario debe ser una persona física; las empresas no pueden aplicar esta cláusula.

  2. El derecho a recuperar la vivienda debe estar expresamente mencionado en el contrato.

  3. La vivienda debe ser destinada a residencia permanente del propietario o sus familiares.

  4. Solo puede solicitarse para uso propio, de familiares de primer grado o de su cónyuge en caso de separación.

  5. Debe haber transcurrido al menos un año desde la firma del contrato.

  6. El inquilino debe recibir un preaviso mínimo de 2 meses antes de su desalojo.

Consecuencias si el casero no ocupa la vivienda tras echar al inquilino

Si el casero no ocupa la vivienda en un plazo de 3 meses tras el desalojo del inquilino (excepto en casos de fuerza mayor), la ley establece que:

  • El inquilino podrá ser restituido en la vivienda por un nuevo período de hasta cinco años.

  • Tendrá derecho a una indemnización por los gastos derivados del desalojo.

Si el casero no ocupa la vivienda tras el desalojo, el inquilino puede exigir ser restituido en el inmueble o recibir una compensación económica. (Foto: archivo)
Si el casero no ocupa la vivienda tras el desalojo, el inquilino puede exigir ser restituido en el inmueble o recibir una compensación económica. (Foto: archivo)
  • Si el inquilino decide no regresar a la vivienda, podrá exigir una compensación equivalente a una mensualidad por cada año restante hasta completar cinco años.