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Las cuentas bancarias conjuntas son una fórmula habitual en parejas, familias y personas mayores que buscan simplificar la gestión del dinero. Compartir una cuenta permite pagar gastos comunes, domiciliar recibos o disponer de fondos de forma ágil. Sin embargo, esta aparente simplicidad puede desaparecer de forma abrupta cuando uno de los titulares fallece.

En ese escenario, el Banco de España ha vuelto a lanzar una advertencia clara: el hecho de que una cuenta sea conjunta no implica que el cotitular superviviente pueda disponer libremente del dinero tras el fallecimiento del otro. La situación está regulada por la ley de sucesiones y por normas bancarias específicas que obligan a extremar las precauciones para proteger los derechos de los herederos.

El Banco de España recuerda que las entidades deben proteger los derechos de los herederos cuando fallece un cotitular.
El Banco de España recuerda que las entidades deben proteger los derechos de los herederos cuando fallece un cotitular.

Qué ocurre con una cuenta conjunta cuando fallece uno de los titulares

Cuando una entidad bancaria tiene conocimiento del fallecimiento de uno de los cotitulares, está obligada a bloquear total o parcialmente la cuenta, incluso aunque el otro titular siga vivo. Así lo explica el propio Banco de España, que aclara que la cuenta no se cancela de inmediato, pero sí queda sujeta a restricciones legales.

Según el supervisor, “el banco debe impedir la disposición de fondos que correspondan a la persona fallecida hasta que se acredite quiénes son sus herederos” Esto significa que el dinero depositado en la cuenta pasa a formar parte de la masa hereditaria, al menos en la proporción que corresponda al titular fallecido.

En la práctica, las entidades suelen bloquear el 50% del saldo cuando hay dos titulares, salvo que se demuestre un reparto distinto de la propiedad del dinero. Esta medida busca evitar que se retiren fondos que legalmente podrían corresponder a los herederos, aunque el cotitular superviviente figure como autorizado en la cuenta.

Por qué el cotitular no puede retirar el dinero libremente

Uno de los errores más comunes es pensar que, por ser cotitular, el dinero es automáticamente del superviviente. El Banco de España insiste en que la cotitularidad solo implica facultad de disposición, pero no necesariamente propiedad del dinero.

“El hecho de que una cuenta tenga varios titulares no significa que el saldo pertenezca por igual a todos ellos”, señala el organismo en su comunicado oficial sobre la cancelación de cuentas bancarias de personas fallecidas La propiedad del dinero dependerá de su origen y de lo que se pueda acreditar documentalmente.

Por este motivo, si el cotitular superviviente retira dinero tras el fallecimiento sin autorización de los herederos, puede verse obligado a devolverlo o incluso enfrentarse a reclamaciones legales. Los bancos actúan con cautela para evitar responsabilidades y posibles conflictos judiciales entre familiares

Qué documentación exigen los bancos para desbloquear la cuenta

Para poder disponer de los fondos bloqueados, las entidades financieras exigen una serie de documentos básicos. Entre ellos, el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y, en su caso, el testamento o la declaración de herederos.

El Banco de España explica que solo una vez identificados los herederos y acreditada su condición, el banco puede permitir el acceso al dinero o proceder al reparto correspondiente Hasta ese momento, la cuenta permanece restringida, incluso si hay recibos o gastos habituales asociados a ella.

En algunos casos, las entidades permiten realizar pagos urgentes, como gastos funerarios, siempre que estén debidamente justificados. No obstante, se trata de excepciones muy concretas y sujetas a la política interna de cada banco, no de un derecho automático del cotitular.

Tras una defunción, la retirada de efectivo desde una cuenta bancaria compartida puede quedar limitada hasta que se acredite quiénes son los herederos.
Tras una defunción, la retirada de efectivo desde una cuenta bancaria compartida puede quedar limitada hasta que se acredite quiénes son los herederos.

Cómo evitar conflictos por una cuenta conjunta en una herencia

Los expertos en derecho sucesorio recomiendan anticiparse a este tipo de problemas. Una de las opciones es dejar constancia clara del origen del dinero y de la voluntad del titular mediante testamento u otros documentos que faciliten la interpretación de la herencia.

Otra alternativa es revisar periódicamente la estructura de las cuentas bancarias, especialmente en personas mayores, y valorar si una cuenta conjunta es la mejor opción o si conviene utilizar autorizaciones en lugar de cotitularidad. Esta diferencia puede ser clave a la hora de evitar bloqueos y conflictos tras un fallecimiento.