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La Agencia Tributaria ha confirmado un beneficio fiscal destinado a las familias que convivan con ascendientes mayores de 65 años. La medida, que se refleja en la Declaración de la Renta, supone una deducción de 1150 euros anuales por cada persona que cumpla con los requisitos establecidos por la normativa.

Este incentivo tiene como objetivo reconocer el esfuerzo económico que supone la convivencia con personas de edad avanzada, a la vez que busca aliviar la carga fiscal de las unidades familiares. Además, se contempla una ampliación significativa del importe en los casos de ascendientes con edad superior a 75 años, lo que eleva la deducción hasta los 2250 euros.

La medida se aplica a padres, abuelos o bisabuelos del contribuyente, siempre que exista un vínculo directo por consanguinidad o adopción. Según detalla la Agencia Tributaria, también se extiende a ascendientes con discapacidad reconocida a partir del 33%, sin importar su edad.

Hacienda beneficiará con 1150 euros a quienes vivan con personas mayores de 65 años. Fuente: Archivo
Hacienda beneficiará con 1150 euros a quienes vivan con personas mayores de 65 años. Fuente: Archivo

Deducción fiscal de 1150 a 2250 euros en la Renta

Tal y como explica Hacienda, "esta deducción es de 1150 euros anuales por cada ascendiente de edad superior a 65 años que resida en el domicilio familiar. Esta cantidad se amplía en 1400 euros anuales adicionales con ascendientes de edad superior a los 75 años, ascendiendo, por tanto, hasta los 2250 euros".

En caso de fallecimiento de un ascendiente que generara derecho a esta deducción, la Agencia Tributaria contempla igualmente un beneficio de 1150 euros en la declaración correspondiente.

El organismo recuerda que este beneficio se encuentra en línea con el establecido para personas con discapacidad del 33% o superior, que también permite aplicar una deducción similar en la declaración anual.

Requisitos para aplicar la deducción en la Declaración de la Renta

La Agencia Tributaria establece una serie de condiciones necesarias para acceder a este beneficio fiscal. Estos son los principales requisitos:

  • El ascendiente debe ser mayor de 65 años o contar con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, independientemente de su edad.

  • Debe convivir con el contribuyente durante al menos la mitad del periodo impositivo. En el caso de los ascendientes con discapacidad, se considerará convivencia la estancia en un centro especializado.

  • El ascendiente no puede haber obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8000 euros anuales, excluyendo aquellas exentas del impuesto.

  • No debe presentar una declaración de la Renta con rentas superiores a 1800 euros.

Cumplidos estos requisitos, el contribuyente podrá incluir la deducción en su borrador o declaración anual, lo que supone un alivio económico directo para las familias.

La importancia de presentar la Renta para acceder al beneficio

Aunque en muchos casos el contribuyente no esté obligado a presentar la Declaración de la Renta por el nivel de ingresos, la Agencia Tributaria recomienda hacerlo para poder aplicar esta deducción. De lo contrario, el beneficio fiscal no se hará efectivo.

La institución señala que "si se cumplen estos requisitos, será posible deducir estas cantidades en el borrador de la declaración de la Renta", por lo que resulta clave incluir la información correspondiente.

Este incentivo representa una de las medidas más relevantes de apoyo económico a las familias con mayores a cargo. Su aplicación busca, además, reconocer la importancia de la convivencia intergeneracional en un país donde el envejecimiento poblacional es cada vez más marcado.

Hacienda beneficiará con 1150 euros a quienes vivan con personas mayores de 65 años. Fuente: Archivo
Hacienda beneficiará con 1150 euros a quienes vivan con personas mayores de 65 años. Fuente: Archivo