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El mercado inmobiliario en España atraviesa una situación compleja y muchos mayores de 65 años creen que la venta de su vivienda está completamente exenta de impuestos como parte de un regimen especial.

Sin embargo, la Agencia Tributaria aclara que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sí aplica a este grupo etario, salvo en casos muy concretos.

Aunque existe un beneficio fiscal para la vivienda habitual, la normativa establece limitaciones que afectan a segundas residencias y propiedades desocupadas. Además, no declarar correctamente puede derivar en sanciones.

El ultimatum de Hacienda para los mayores de 65 que tienen una casa en propiedad y no cumplen con este requisito. Fuente: Archivo
El ultimatum de Hacienda para los mayores de 65 que tienen una casa en propiedad y no cumplen con este requisito. Fuente: Archivo

¿Deben los mayores de 65 años pagar IRPF por sus viviendas?

Según la Agencia Tributaria, los mayores de 65 años no tienen beneficios fiscales generales en el IRPF. Esto significa que todas las propiedades, incluidas las segundas residencias, están sujetas a la imputación de renta inmobiliaria.

El organismo explica que esta imputación "se calcula con un porcentaje que varía entre el 1,1% y el 2% sobre el valor catastral en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)". Además, no declarar viviendas vacías puede conllevar una multa.

Por lo tanto, poseer una vivienda desocupada o no arrendada genera la obligación de incluirla en la declaración de la renta, independientemente de la edad del propietario.

La única exención para mayores de 65 años

El beneficio fiscal real para los mayores de 65 años se aplica únicamente a la venta de la vivienda habitual. En este caso, "no deben declarar la ganancia por la venta de su vivienda habitual, sin importar cómo se venda".

Esta ventaja también se extiende a la venta en nuda propiedad, modalidad que permite al propietario transferir la titularidad de la vivienda pero seguir disfrutándola hasta su fallecimiento.

Sin embargo, la Agencia Tributaria es clara: la exención no se aplica a segundas residencias ni a inmuebles con usufructo compartido. Esto ocurre, por ejemplo, en casos hereditarios donde conviven un nudo propietario y un usufructuario.

La exención por renta vitalicia: cómo funciona y requisitos

Una alternativa que permite evitar el pago de impuestos es la reinversión en una renta vitalicia. Este mecanismo está destinado exclusivamente a mayores de 65 años que decidan invertir el dinero de la venta en un seguro de vida que garantice ingresos periódicos de por vida.

Para acceder a este beneficio, la normativa establece requisitos claros:

  • El contrato debe formalizarse poco tiempo después de la venta.

  • La renta no puede disminuir más de un 5% respecto al año anterior.

  • Solo puede haber un beneficiario tras el fallecimiento del asegurado.

  • Los herederos no pueden recibir un porcentaje superior al permitido por ley.

El límite máximo exento asciende a 240.000 euros. Si la cifra de venta supera este monto, el excedente deberá tributar en el IRPF.

El ultimatum de Hacienda para los mayores de 65 que tienen una casa en propiedad y no cumplen con este requisito. Fuente: Archivo
El ultimatum de Hacienda para los mayores de 65 que tienen una casa en propiedad y no cumplen con este requisito. Fuente: Archivo