

No estar al día con Hacienda puede acarrear consecuencias graves en España. El Banco de España (BdE) confirmó que "habrá embargo de cuentas bancarias para los clientes que no cumplan esta condición", en referencia a las obligaciones de pago ante la Seguridad Social o cualquier otro organismo público.
Esta medida, amparada en la Ley General de la Seguridad Social y el Reglamento General de Recaudación, busca asegurar el cobro de deudas impagas. El embargo de cuentas bancarias es, según el BdE, "una de las herramientas más efectivas y extendidas para el cobro de deudas".

El proceso puede afectar tanto a personas físicas como jurídicas y se aplica cuando las advertencias previas o requerimientos administrativos no son atendidos en los plazos establecidos.
Embargo de cuentas bancarias: qué dice la ley y cómo actúan los bancos
El Real Decreto Legislativo 8/2015 establece que las entidades financieras deben colaborar en el embargo de fondos depositados en las cuentas de los deudores. En palabras del texto legal, "las entidades de crédito son responsables de la retención de los fondos y su transferencia a la Tesorería General de la Seguridad Social".
Esto significa que, una vez recibida la orden, los bancos están obligados a congelar los saldos disponibles y transferir el importe embargado. Si no lo hacen, pueden ser considerados "responsables solidarios del pago de la deuda, hasta el valor de los bienes embargables".
El procedimiento fija un plazo máximo de diez días desde la notificación. Si no hay oposición o comunicación en contrario, la entidad financiera debe enviar los fondos retenidos a la cuenta designada por la Seguridad Social.
En los casos de embargos judiciales, el banco actúa como intermediario del juzgado, reteniendo el saldo y transfiriéndolo posteriormente a la cuenta de depósitos judiciales.
El Banco de España recordó que "el tiempo que dure el embargo puede extenderse hasta que la deuda se salde, pero el banco está obligado a notificar con anterioridad y dar un periodo para reclamar".
Embargo de sueldo: límites y protección del salario mínimo
El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil determina los límites del embargo de sueldo, una práctica que afecta a miles de contribuyentes. Según el texto legal, "es inembargable el salario, sueldo, jornal, retribución o pensión que no exceda del salario mínimo interprofesional".
En 2025, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) está fijado en 1.134 euros mensuales en 14 pagas. A partir de esa cifra, la ley establece tramos crecientes de embargo:
30% del primer tramo superior al SMI.
50% del segundo tramo.
60% del tercero.
75% del cuarto.
90% del quinto tramo.
Estos porcentajes permiten a Hacienda retener parte del salario, siempre dentro de los márgenes legales y con notificación previa.
El embargo de cuentas bancarias también puede incluir la retención de fondos provenientes del salario, aunque respetando los límites de inembargabilidad. Las entidades financieras deben separar el dinero embargable del protegido por ley antes de realizar cualquier transferencia.
Cómo evitar un embargo: requisitos y recomendaciones
Evitar un embargo de cuentas bancarias depende principalmente de estar al día con las obligaciones tributarias. El requisito básico es no tener deudas impagadas con Hacienda y presentar correctamente todas las declaraciones correspondientes (IRPF, IVA y otros tributos).
También es clave responder a los requerimientos administrativos en tiempo y forma, ya que ignorarlos puede activar procedimientos ejecutivos. Desde la Agencia Tributaria lo explican claramente: "Las personas físicas o jurídicas deben cumplir sus obligaciones tributarias de forma voluntaria; en caso contrario, se podrá proceder a la ejecución forzosa".

El Banco de España recomienda a los contribuyentes revisar regularmente su situación fiscal y mantener actualizados sus datos bancarios. Además, aconseja solicitar fraccionamientos o aplazamientos de pago para evitar medidas de embargo.
Los expertos en derecho financiero destacan que los embargos no son automáticos, pero "pueden activarse con rapidez si no se atienden los requerimientos del fisco". La falta de respuesta puede incluso derivar en la pérdida temporal del acceso a devoluciones fiscales, ayudas o subvenciones públicas.


