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La transmisión de una herencia en España es un momento delicado para cualquier familia. Más allá de repartir bienes, derechos y deudas, el proceso jurídico debe garantizar siempre la protección de los intereses de cada heredero llamado a recibir una parte del patrimonio.

Esto cobra especial relevancia cuando uno de los herederos se encuentra incapacitado o hospitalizado de forma permanente y no puede actuar con normalidad en el procedimiento sucesorio.

Esa incapacidad no significa automáticamente que el heredero pierda su parte de la herencia. La ley civil española reconoce que la capacidad para heredar depende de la situación jurídica de la persona, no de su estado físico. El Código Civil y la práctica notarial establecen qué ocurre en estos casos y bajo qué condiciones se protege la cuota hereditaria de quien no puede estar presente físicamente.

El asesoramiento legal resulta clave cuando uno de los herederos no puede intervenir directamente en el proceso sucesorio.
El asesoramiento legal resulta clave cuando uno de los herederos no puede intervenir directamente en el proceso sucesorio.

La incapacidad física no impide heredar, pero sí exige mecanismos de protección

En España, la capacidad para suceder no se ve afectada por el simple hecho de estar hospitalizado o incapacitado temporalmente. La ley distingue claramente entre la incapacidad para ser llamado a heredar por causas legales específicas y las situaciones en las que una persona no puede actuar por sí misma sin que ello afecte su derecho a la herencia.

El artículo 764 del Código Civil español reconoce que el testamento es válido incluso si el heredero nombrado no puede aceptar o repudiar la herencia por falta de presencia física o dificultades de gestión, y que la parte que le corresponde seguirá existiendo dentro del caudal hereditario.

Además, si la persona está incapacitada legalmente o necesita apoyo (por ejemplo, por una discapacidad o una enfermedad grave que dificulte la toma de decisiones) existen figuras como la curatela o la representación legal que permiten que otro actúe en su nombre para gestionar la aceptación de la herencia, administrar bienes o, si fuera necesario, solicitar medidas judiciales que garanticen su posición..

Esto significa que estar hospitalizado no deja automáticamente sin efecto la parte de la herencia que correspondería a un heredero ausente, siempre que no exista una causal legal de incapacidad para heredar recogida expresamente en el Código Civil.

Qué dice el Código Civil sobre capacidad y representación en sucesiones

El Código Civil español regula de forma detallada quién puede ser considerado incapaz para suceder y cuáles son las consecuencias jurídicas. Según la ley, las causas de incapacidad para heredar son concretas y tasadas, y no guardan relación directa con el estado de salud de una persona. Entre ellas figuran supuestos como no existir al tiempo de la apertura de la sucesión o incurrir en causas de indignidad previstas legalmente, reguladas en los artículos 756 a 758 del Código Civil.

Esto implica que un heredero hospitalizado de forma permanente mantiene su derecho a la herencia, salvo que concurra alguna de esas causas legales de exclusión. La hospitalización, por sí sola, no es motivo para perder la condición de heredero ni para alterar la cuota que le corresponde dentro del caudal hereditario.

Cuando la persona llamada a heredar no puede manifestar válidamente su voluntad, por ejemplo para aceptar o repudiar la herencia o intervenir en la partición de bienes, puede ser necesaria la designación de un curador o representante legal. Esta figura actúa en su nombre y garantiza que sus derechos patrimoniales queden protegidos durante todo el procedimiento sucesorio, sin que ello suponga una renuncia ni una pérdida de derechos.

Cómo se protege la parte del heredero incapacitado en la práctica

En la práctica, si un heredero está incapacitado de forma permanente por motivos de salud, su parte de la herencia no se divide ni se adjudica automáticamente entre los demás coherederos. En vez de eso:

  1. Se respeta su cuota hereditaria conforme al régimen legal o testamentario establecido.
  2. Si el heredero no puede actuar por sí mismo, un representante o curador puede intervenir en su nombre para aceptar o gestionar la herencia.
  3. La administración de los bienes correspondientes a esa parte puede requerir la intervención judicial o notarial, especialmente si se trata de bienes inmuebles, empresas o derechos complejos.
La ley española distingue entre el estado de salud de un heredero y su capacidad legal para recibir y gestionar una herencia.
La ley española distingue entre el estado de salud de un heredero y su capacidad legal para recibir y gestionar una herencia.Freepik

Esta protección asegura que el heredero incapacitado no pierda su derecho ni sea perjudicado por su ausencia física o su estado de salud. Solo la concurrencia de una causal legal de incapacidad para suceder, recogida taxativamente en el Código Civil, puede excluirlo de recibir la herencia.