

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), aprobada en enero de 2025 en España, es la normativa que regula las comunidades de propietarios, y establece las obligaciones y derechos de los mismos.
De esta forma, se promueve la digitalización en la gestión de comunidades, se aclaran las multas por impagos de cuotas u obras no autorizadas, la regulación de los pisos turísticos por medio de acuerdos de la comunidad y las ayudas para la rehabilitación de edificios.
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La ley también contempla la eliminación obligatoria de barreras arquitectónicas -en línea con las peticiones de mayores de 70 años y discapacitados-, además del tema de la morosidad y las alternativas para luchar contra ella.

Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal
El artículo 21 de la LPH hace referencia al impago de los gastos comunes, medidas preventivas de carácter convencional, reclamación judicial de la deuda y mediación y arbitraje. Así, permite reclamar deudas pendientes menores a 2000 euros por una directiva que obliga a todo propietario a contribuir a los gastos comunes del edificio.
Además de reclamarse la deuda por vía judicial, también se elimina el derecho a voto del propietario moroso en las juntas, y se puede llegar incluso al embargo de bienes.
¿Cuál es el procedimiento para aplicar el artículo 21 de la Ley?
Las medidas contra los propietarios morosos se deciden dentro de la junta de vecinos. Primero debe reclamarse la deuda y notificarse al deudor mediante burofax o vía notarial, de modo que quede constancia legal del aviso.
Si la situación no se resuelve, es posible solicitar el embargo de bienes, ya sean financieros o inmuebles, con la correspondiente acumulación de intereses por demora. Asimismo, la comunidad puede hacer pública la identidad de los deudores y el importe adeudado, siempre que se respete la Ley de Protección de Datos.




