

Desde la aprobación de la Ley del Ingreso Mínimo Vital, el Gobierno de España incorporó un complemento de ayuda para la infancia que permite a las familias con menores a cargo recibir un extra mensual por cada hijo.
Este complemento puede llegar a 115 euros al mes por hijo menor de tres años, con importes menores para edades superiores: 80,50 euros de 3 a 6 años y 57,50 euros de 6 a 18 años.
Esta ayuda forma parte del Ingreso Mínimo Vital (IMV) gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y persigue reducir la pobreza infantil y garantizar una vida digna a las familias más vulnerables.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Unidades familiares con menores a cargo y situación económica vulnerable
Pueden acceder al complemento de ayuda para la infancia:
- Familias que ya perciben el Ingreso Mínimo Vital: si ya están reconocidas como beneficiarias del IMV, el complemento se reconoce automáticamente sin necesidad de una solicitud independiente.
- Solicitantes del IMV en trámite: quienes han presentado la solicitud del IMV y están pendientes de resolución también pueden tener derecho al complemento.
- Unidades de convivencia con menores que cumplan los requisitos económicos y de patrimonio establecidos por la Seguridad Social, aunque no cobren aún el IMV, siempre que no superen ciertos umbrales de ingresos y patrimonio.
Los límites máximos de ingresos son hasta el 300 % de la renta garantizada que corresponde por el tipo de hogar, y el patrimonio no puede superar el 150% del umbral permitido para el IMV.
En casos especiales, también pueden beneficiarse familias con hijos mayores de 18 años con discapacidad importante (por ejemplo, con un grado de discapacidad alto), siempre que convivan y dependan económicamente de la unidad familiar.
¿Qué documentación se necesita para solicitarla?
La tramitación se realiza principalmente a través de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital, ya que este complemento se integra en ella o se reconoce de oficio si ya eres beneficiario.
Entre la documentación habitual que exige la Seguridad Social para acreditar la situación familiar y económica figuran:
- Documento de identidad: DNI o NIE del solicitante y de los hijos.
- Certificado de nacimiento o libro de familia que acredite a los hijos a cargo.
- Documento que acredite la residencia legal en España tanto del solicitante como de los menores.
- Certificado de empadronamiento que demuestre que todos los miembros de la unidad de convivencia residen en el mismo domicilio.
- Justificantes de ingresos y patrimonio del año anterior para evaluar si se cumplen los límites establecidos para el IMV y el complemento.
- Documentación sanitaria o de discapacidad, en caso de menores con discapacidad que dan derecho a importes específicos o a acceso en situaciones particulares.
La presentación de la solicitud y la documentación puede hacerse:
- Telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (INSS/IMV) con certificado digital o Cl@ve.
- De forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social con cita previa, aportando los documentos en original y copia.