

Cada año, miles de jubilados en España deben cumplir con un trámite clave para seguir cobrando su pensión sin interrupciones. El procedimiento no es nuevo, pero suele generar dudas y, en algunos casos, suspensiones temporales del pago por simple desconocimiento.
Esta obligación sigue plenamente vigente y afecta especialmente a quienes cobran pensiones no contributivas. La fecha límite vuelve a ser el 31 de marzo, y no presentar el documento a tiempo puede tener consecuencias directas sobre el cobro mensual.

El documento que deben presentar los jubilados antes del 31 de marzo
El trámite obligatorio es la declaración anual de ingresos o rentas, que deben presentar los beneficiarios de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez. Este requisito está gestionado por el IMSERSO y las comunidades autónomas.
Este documento sirve para acreditar que el pensionista sigue cumpliendo los requisitos económicos exigidos por la ley, ya que estas pensiones están destinadas a personas que no alcanzan determinados umbrales de ingresos. Si no se presenta dentro del plazo establecido, la administración puede suspender cautelarmente el pago.
Según explica el IMSERSO, la declaración debe reflejar todos los ingresos percibidos durante el año anterior, tanto propios como, en algunos casos, los de la unidad de convivencia.
La fecha límite es clara: hasta el 31 de marzo de cada año, sin cambios previstos para 2026.
A quiénes afecta este trámite y quiénes no deben presentarlo
La obligación no afecta a todos los jubilados. Deben presentar la declaración anual de rentas quienes cobran:
- Pensiones no contributivas de jubilación
- Pensiones no contributivas de invalidez
En cambio, no están obligados a realizar este trámite quienes perciben pensiones contributivas, ya que sus datos económicos suelen estar ya integrados en los sistemas de la Seguridad Social.
La Seguridad Social aclara que este control anual es imprescindible para garantizar que las pensiones no contributivas lleguen a quienes realmente cumplen las condiciones legales.
En la práctica, muchas suspensiones no se deben a pérdida del derecho, sino simplemente a que el pensionista no presentó el documento en plazo.
Qué pasa si no se entrega la declaración y cómo regularizar la situación
Si el jubilado no presenta la declaración antes del 31 de marzo, la administración puede suspender el pago de la pensión, aunque eso no implica necesariamente la pérdida definitiva del derecho. Una vez entregada la documentación, el pago puede reactivarse, aunque el proceso puede llevar varias semanas.
El IMSERSO recuerda que, si se detecta que el pensionista superó los límites de ingresos, la pensión puede ajustarse o extinguirse, pero siempre tras un procedimiento administrativo con notificación previa.
Para evitar problemas, se recomienda presentar la declaración incluso si no hubo cambios en los ingresos, ya que la obligación es anual y formal.
Además, las comunidades autónomas suelen habilitar canales presenciales, telefónicos y online para facilitar el trámite, especialmente a personas mayores.
Por qué este control se mantiene y qué conviene tener en cuenta
La declaración anual de rentas forma parte del sistema de control de las pensiones no contributivas desde hace años. Su objetivo es asegurar el uso correcto de recursos públicos y garantizar la equidad del sistema.

Desde la administración insisten en que este trámite no es una sanción, sino un requisito administrativo periódico. Aun así, el desconocimiento sigue siendo uno de los principales motivos de suspensión temporal del cobro.
Por eso, revisar cada inicio de año si se cobra una pensión no contributiva y verificar si corresponde presentar la declaración es una de las claves para evitar sobresaltos. El plazo del 31 de marzo vuelve a ser la fecha que ningún jubilado afectado debería pasar por alto.




