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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se debe pagar cada año al Estado español y que dependerá de cada contribuyente. Sin embargo, hay algunas excepciones para quienes cumplan ciertos requisitos.
Más allá de que se trata de una obligación fiscal general, la Agencia Tributaria señala que existen exenciones y mínimos exentos que determinan cuáles son las personas que deben tributar y quiénes quedan fuera de este trámite.

¿Quiénes quedan exentos de pagar el IRFP 2026?
Hay una lista de grupos que no tendrán que presentar ni pagar el IRPF durante 2026:
Trabajadores con ingresos inferiores al mínimo exento
Las personas cuya renta anual no supera los 15.876 euros están exentas de presentar declaración de la renta.
Esto aplica especialmente a quienes trabajan a tiempo parcial o tienen contratos temporales con ingresos por debajo de ese límite.
Perceptores de pensiones exentas
Ciertas pensiones están exentas de tributación, como las de orfandad, de desempleo, las que reciben nietos o las destinadas a hermanos menores de 22 años o incapacitados para cualquier trabajo.
Personas con discapacidad
Las prestaciones económicas que concede la Seguridad Social por gran invalidez o por incapacidad permanente absoluta están exentas de tributar en el IRPF.
De la misma forma, quedan exentas las ayudas económicas destinadas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% que se utilicen específicamente para cubrir los gastos de estancia en residencias o centros de día.
¿Cuánto retienen por IRPF en 2026?
Las retenciones del IRPF son un adelanto que se hace a Hacienda ante lo que corresponde abonar en la declaración de la renta. Este monto se aproxima al pago final, aunque hay ocasiones en que no coincide.
Si la retención es menor a la que corresponde pagar, cuando hagan la declaración saldrá la opción de pagar. Si fue más alto, saldrá devolver.
| Tramos IRPF 2025 | Tipo estatal | Tipo autonómico | Tipo total |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 euros | 9,5% | 9,5% | 19% |
| De 12.450 a 20.199 | 12% | 12% | 24% |
| De 20.199 a 35.199 | 15% | 15% | 30% |
| De 35.200 a 59.999 | 18,5% | 18,5% | 37% |
| De 60.000 a 299.999 | 22,5% | 22,5% | 45% |
| De 300.000 en adelante | 24,5% | 22,5% | 47% |
Las fechas clave para presentar el IRPF 2026: cuándo presentarlo
El Ministerio de Hacienda comunicó que la Campaña de la Renta y Patrimonio del ejercicio fiscal de 2025 empieza el próximo 8 de abril y se extiende hasta el 30 de junio de 2026.
Se trata de un pequeño retraso del calendario oficial de la Agencia Tributaria, dado que en 2024 arranco el 2 de abril, mientras que en 2023 fue el día 3.
El 8 de abril se abrirá la opción de presentar la declaración mediante internet, manteniéndose vigente hasta el 30 de junio. Durante ese lapso, podrán acceder al borrador y a los datos fiscales.

También estará disponible la opción de consultar el número de referencia y descargar los datos fiscales. Además, desde el 6 de mayo, se podrá hacer la declaración por teléfono, con cita previa que se pide entre el 29 de abril y el 27 de junio.
Por último, la atención presencial con cita previa se habilitará del 1 al 30 de junio en las oficinas de la Agencia Tributaria, pidiendo turno entre el 29 de mayo y el 27 de junio.


