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Conducir con el vehículo en condiciones reglamentarias no solo es importante para la seguridad vial de todos, sino que también evita sanciones que pueden resultar en multas económicas o, en el peor de los casos, penas de cárcel.

Entre los objetos que mayor vigilancia reciben se encuentra la bola de enganche para remolque o caravana. La Dirección General de Tráfico (DGT) permite instalar este accesorio, pero únicamente si está homologado y ha sido colocado en un taller autorizado.

La Dirección General de Tráfico (DGT) permite instalar este accesorio, pero solo si está homologado. ¿De cuál se trata? (Imagen: archivo)
La Dirección General de Tráfico (DGT) permite instalar este accesorio, pero solo si está homologado. ¿De cuál se trata? (Imagen: archivo)

En la ITV, los inspectores verificarán que la instalación se ajuste a la normativa. Si no lo hace, el conductor podría enfrentarse a una multa de hasta 400 euros. Para evitar sanciones, es importante llevar en el vehículo tanto el informe de conformidad como el certificado emitido por el taller.

Hasta 200 euros por tapar la matrícula

Es de suma importancia que la bola de enganche no oculte total o parcialmente la matrícula. Si la visibilidad queda comprometida, la multa es de 200 euros por considerarse "un obstáculo de visualización de la matrícula".

Tras la entrada en vigor de la conocida como ley anti-tuneo, la instalación de la bola del remolque se clasifica como reforma de importancia, lo que exige un certificado del taller, la homologación del enganche y un informe de conformidad, normalmente facilitado por el concesionario.

Malas noticias para los conductores: la Guardia Civil multará con hasta 400 euros a quienes lleven este objeto en el coche. (Imagen: archivo)
Malas noticias para los conductores: la Guardia Civil multará con hasta 400 euros a quienes lleven este objeto en el coche. (Imagen: archivo)

Una vez reunida la documentación, el coche debe pasar la ITV y la modificación se inscribe en la ficha técnica.

Existen enganches tanto fijos como desmontables. Estos últimos han generado cierta controversia, ya que algunos conductores recibieron sanciones por circular con la bola puesta sin remolque, bajo el argumento de que podía obstaculizar la visibilidad de la matrícula.

No obstante, "ninguna de estas denuncias ha prosperado tras ser reclamadas porque carecen de base legal". Según la normativa, "independientemente de que se trate de una bola para remolque fija o desmontable, si se halla incluido en la ficha técnica está totalmente en regla y es legal circular con ella independientemente de si se lleva o no el remolque".