Arrendamiento

Los propietarios están obligados, aunque no quieran, a alquilar a extranjeros de cualquier raza: las multas llegan hasta los 150.000 euros

Aunque la discriminación en el alquiler de viviendas es ilegal, sigue siendo una realidad en el mercado inmobiliario español. ¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos?

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En España, la discriminación por motivos de raza, origen o nacionalidad en el acceso a la vivienda está prohibida por la ley. A pesar de ello, muchas personas inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas siguen enfrentándose a obstáculos como anuncios de alquiler que excluyen a "extranjeros" o "no españoles".

No obstante, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la Constitución Española, en su artículo 14, protegen el derecho a la igualdad y a la no discriminación, tanto en el ámbito laboral como en el acceso a la vivienda. Esta normativa asegura que nadie puede ser rechazado para alquilar una vivienda solo por su nacionalidad, raza o cualquier otra característica personal.

Aunque la discriminación en el alquiler de viviendas es ilegal, sigue siendo una realidad en el mercado inmobiliario español. ¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos? (Imagen: archivo)

¿Qué dice la ley sobre la discriminación en el alquiler de viviendas?

La Ley de Arrendamientos Urbanos garantiza el derecho de cualquier persona a alquilar una vivienda, sin importar su nacionalidad o raza. Asimismo, el artículo 14 de la Constitución Española prohíbe cualquier forma de discriminación por motivos de raza, origen o cualquier otra condición personal.

Art. 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Además, la Ley 62/2003 sobre igualdad de trato y no discriminación refuerza este principio, incluyendo específicamente la protección contra la discriminación en el acceso a la vivienda. Aun así, muchos propietarios y agencias inmobiliarias esquivan esta normativa y aplican criterios discriminatorios en sus procesos de selección de inquilinos.

2. El Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica ejercerá las competencias a las que se refiere el apartado 3 en los siguientes ámbitos: (...)

d) la oferta y el acceso a cualesquiera bienes y servicios, incluida la vivienda.

Los propietarios están obligados, aunque no quieran, a alquilar a extranjeros: las multas llegan hasta los 150.000 euros. (Imagen: archivo)

¿Se puede negar el alquiler por ser extranjero o inmigrante?

No. "Negar el acceso a una vivienda en alquiler por motivos de nacionalidad, raza o color de piel constituye una forma de discriminación prohibida por la ley en España", refuerzan los expertos de Alquilino, la web especializada en el mundo del alquiler de vivienda.

De acuerdo a la legislación vigente, el propietario o la agencia inmobiliaria no pueden justificar la negación de un alquiler basándose en estos criterios. De hecho, el Tribunal Supremo ha reconocido que esta práctica vulnera el derecho a la igualdad y puede dar lugar a tener que enfrentar consecuencias legales.

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Algunos propietarios argumentan razones como "no aceptamos inmigrantes por su falta de solvencia económica" o "no tienen la documentación legal necesaria para firmar el contrato". 

  • Sin embargo, tanto los extranjeros con residencia legal como aquellos sin ella tienen derecho a alquilar una vivienda. 
  • Incluso si una persona extranjera no cuenta con un permiso de residencia o trabajo válido, sigue teniendo la posibilidad de acceder a un alquiler.

De cuánto son las multas por discriminación en el acceso al alquiler

La legislación española establece sanciones severas para quienes discriminen en el acceso al alquiler. Estas sanciones pueden variar según la gravedad del caso y las circunstancias, e incluyen:

  • Multas económicas. Estas pueden variar entre los 3000 y 150.000 euros, según el impacto y el número de personas afectadas. Las multas más elevadas suelen imponerse en casos en los que se demuestre una discriminación sistemática por parte de agencias inmobiliarias o grandes propietarios.
  • Responsabilidad civil. Los propietarios o agentes también pueden enfrentarse a demandas por daños y perjuicios, lo que significa que podrían tener que indemnizar a la persona afectada por el daño causado.
  • Sanciones administrativas. En algunos casos, las autoridades pueden imponer sanciones adicionales, como la suspensión temporal de la actividad comercial en el caso de las agencias inmobiliarias.
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