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Ley de alquileres: los inquilinos serán desalojados, sin previo aviso, por hacer mucho ruido

Los ruidos excesivos no solo pueden llegar a ser una molestia para el resto de los vecinos, sino que también pueden ser causa justificada de rescisión de contrato.

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Vivir en un piso de alquiler conlleva cumplir con una serie de derechos y obligaciones que van más allá del simple pago mensual de la renta. Respetar el contrato firmado, cuidar el estado de la vivienda y garantizar una convivencia adecuada con los vecinos son compromisos esenciales para mantener una relación armoniosa entre inquilino y propietario.

Sin embargo, cuando alguno de estos aspectos se incumple, pueden surgir conflictos que incluso deriven en la rescisión del contrato de alquiler.

Los ruidos excesivos provocados en un piso de alquiler no solo pueden llegar a ser una molestia, sino que también pueden ser causa justificada de rescisión de contrato. (Imagen: archivo)

Uno de los motivos más habituales de conflicto es el ruido excesivo, una situación que, además de generar tensiones vecinales, puede tener consecuencias legales.

¿Qué dice la ley sobre hacer demasiado ruido en un piso de alquiler?

El artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) señala claramente que el arrendador tiene la potestad de resolver el contrato de arrendamiento si el inquilino realiza actividades molestas, insalubres o peligrosas que afecten a la convivencia en la comunidad.

2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:

e) Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

La respuesta es clara: sí, es legal que el arrendador, en casos extremos, decida poner fin al contrato de alquiler si se demuestra que el inquilino incumple la obligación de no interferir en la pacífica convivencia del resto de vecinos.

Sin embargo, esta finalización unilateral y adelantada del contrato no puede tomarse de manera arbitraria; es necesario contar con pruebas que demuestren que el ruido es constante y afecta especialmente a los vecinos.

¿Qué se considera mucho ruido?

En la mayoría de los municipios españoles, el concepto de "ruido excesivo" está regulado por normativas locales que determinan los límites permitidos según los horarios y zonas.

Por lo general, en zonas residenciales, el límite máximo permitido suele ser más bajo durante la noche (normalmente entre las 22:00 y las 08:00), con un máximo de 30 decibelios en interiores. Durante el día, este límite se amplía, pudiendo llegar a establecerse hasta en los 50 ó 55 decibelios.

Ley de alquileres: los inquilinos serán desalojados, sin previo aviso, por hacer mucho ruidos. (Imagen: archivo)

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¿Te pueden echar porque un vecino se ha quejado?

"Las quejas de un vecino pueden ser el primer indicio de un problema, pero no son suficientes por sí solas para que el arrendador pueda rescindir el contrato", informan los expertos de Alquilino, la web especializada en el mundo del alquiler de vivienda.

La LAU, en su artículo 27, indica que es necesario que el arrendador cuente con pruebas objetivas de que el inquilino está realizando actividades molestas de forma continuada y significativa.

Una única queja no suele ser suficiente para iniciar un proceso de expulsión, pero si éstas son reiteradas y están bien documentadas, el arrendador puede empezar a considerar la rescisión del contrato.

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