

La seguridad vial depende de la experiencia del conductor, del buen estado del vehículo y también de las condiciones físicas y mentales de quienes se encuentran tras el volante.
La Dirección General de Tráfico exige que quienes quieran obtener o renovar el carnet de conducir acrediten las aptitudes psicofísicas necesarias. Esa evaluación se realiza en los Centros de Reconocimiento de Conductores, donde se revisan capacidades médicas, visuales, auditivas y psicológicas antes de emitir el informe correspondiente.
Un diagnóstico médico no implica por sí solo la pérdida del permiso. La normativa permite denegar la renovación, reducir la vigencia o imponer adaptaciones y restricciones cuando una enfermedad o deficiencia afecte la capacidad real para conducir. El Reglamento General de Conductores regula estas aptitudes psicofísicas en su anexo IV.

Cómo influyen las enfermedades en la renovación del carnet de conducir
La DGT señala que las enfermedades no afectan por igual las capacidades necesarias para conducir, por lo que la evaluación se realiza de forma individualizada en cada caso.
Algunos trastornos mentales, los trastornos del sueño, la epilepsia, las enfermedades cardiovasculares o determinadas patologías metabólicas pueden afectar la atención, los reflejos, la pérdida de conciencia o la capacidad física necesaria para conducir. La clave está en si la enfermedad compromete la seguridad vial, no solo en el nombre del diagnóstico.
También pueden influir los tratamientos médicos. Algunos fármacos producen somnolencia, alteran la atención o reducen la capacidad de reacción. Por eso, el reconocimiento médico debe valorar el estado clínico del conductor, la evolución de la enfermedad y el posible riesgo al volante.
Qué enfermedades pueden exigir un informe médico para renovar el carnet
Algunas patologías pueden exigir un informe médico favorable para renovar el permiso, sobre todo cuando el tratamiento, la evolución de la enfermedad o el riesgo de episodios súbitos pueden afectar la conducción. Esto puede ocurrir en determinados supuestos de diabetes tratada con insulina o fármacos hipoglucemiantes, apnea del sueño, cardiopatías, trastornos mentales o enfermedades neurológicas.
Entre las afecciones que pueden requerir una valoración específica aparecen los trastornos mentales y de conducta. La norma contempla restricciones cuando su gravedad supone un riesgo para la seguridad vial, aunque también permite la prórroga del permiso si existe dictamen favorable y se cumplen las condiciones médicas previstas.
También se incluyen alteraciones vinculadas al sistema nervioso y muscular, epilepsia, crisis convulsivas, accidentes isquémicos transitorios y otros cuadros que puedan provocar pérdida de conciencia o afectar la coordinación. En estos casos, la renovación puede depender de informes médicos, periodos mínimos sin síntomas o plazos de vigencia reducidos.
Qué enfermedades pueden limitar o impedir la renovación del carnet de conducir
La renovación del carnet de conducir puede verse limitada, condicionada o denegada cuando una enfermedad compromete las aptitudes psicofísicas necesarias. El Reglamento agrupa estos supuestos por áreas como visión, audición, sistema locomotor, sistema cardiovascular, sistema renal, sistema respiratorio, enfermedades metabólicas y endocrinas, sistema nervioso y muscular, trastornos mentales, consumo de sustancias y aptitud perceptivo-motora.
En el sistema cardiovascular, pueden requerir control específico la insuficiencia cardíaca, las arritmias, el síndrome coronario agudo, la angina, las prótesis valvulares, los marcapasos, los desfibriladores, los síncopes y los aneurismas. En algunos casos se exigen informes, plazos mínimos sin síntomas o periodos de vigencia reducidos.
En las enfermedades metabólicas y endocrinas, la diabetes mellitus tratada con insulina o con fármacos hipoglucemiantes puede exigir informe médico favorable y limitar la vigencia del permiso. También se contemplan enfermedades tiroideas, paratiroideas y adrenales cuando puedan afectar la conducción.

Las patologías del sistema renal, como nefropatías, diálisis o trasplante renal, deben clasificarse como enfermedades renales, no digestivas. En el sistema respiratorio, la apnea obstructiva del sueño puede requerir un informe de una unidad especializada que acredite el control satisfactorio de la enfermedad y el cumplimiento del tratamiento.
Estas afecciones pueden afectar la capacidad de conducir de manera segura, dependiendo de su evolución y del tratamiento recibido. En todos los casos, la evaluación médica será determinante para decidir si se puede renovar el carnet de conducir.




