

En España, la seguridad vial no depende solo de la experiencia al volante o del estado del vehículo. Las condiciones físicas y mentales del conductor también influyen de forma directa en la capacidad para reaccionar ante imprevistos, mantener la atención y conducir de manera segura.
Por ese motivo, la Dirección General de Tráfico (DGT) exige una evaluación médica obligatoria para renovar el carnet de conducir. El objetivo no es excluir de forma automática a quienes padecen una enfermedad, sino determinar si su estado de salud y el tratamiento que siguen permiten conducir sin riesgos para ellos ni para terceros.

La DGT evalúa la salud antes de renovar el carnet de conducir
La normativa vigente establece que la renovación del permiso de conducir está condicionada a que el solicitante mantenga unas aptitudes psicofísicas compatibles con la conducción segura. Esta evaluación se realiza en los centros de reconocimiento autorizados, que analizan tanto el diagnóstico como la evolución de la enfermedad.
Cuando existe un problema de salud, la DGT puede renovar el carnet con restricciones, reducir su vigencia o, en determinados casos, denegar la renovación.
La decisión no es automática: cada situación se estudia de forma individual, teniendo en cuenta la gravedad de la patología, su control clínico y los posibles efectos secundarios de los tratamientos, que también pueden afectar a la conducción.
¿Cómo influyen las enfermedades en la capacidad para conducir?
No todas las enfermedades afectan del mismo modo a la conducción. Algunas patologías comunes, como la ansiedad, la depresión o los trastornos del sueño, pueden alterar la concentración, los reflejos o el tiempo de reacción, especialmente si no están bien controladas o requieren medicación sedante.
En otros casos, el riesgo es mayor. Enfermedades como la epilepsia, determinadas patologías cardiovasculares o los episodios de pérdida de conciencia suponen un peligro evidente al volante si no existe un seguimiento médico adecuado. Por eso, la DGT pone el foco no solo en la enfermedad, sino en su estabilidad y tratamiento efectivo antes de autorizar la renovación del carnet.
Qué enfermedades pueden exigir informe médico o impedir la renovación
Existen patologías que requieren un informe médico favorable para renovar el permiso y otras que pueden limitar o impedir directamente la renovación, según su evolución. Entre las más relevantes se encuentran:
- Enfermedades cardiovasculares, como arritmias graves, antecedentes recientes de infarto, prótesis valvulares o el uso de marcapasos y desfibriladores, en función del control clínico.
- Enfermedades neurológicas, como la epilepsia, las crisis convulsivas, las pérdidas recurrentes de conciencia o los accidentes isquémicos transitorios.
- Trastornos endocrinos, especialmente la diabetes mellitus insulinodependiente con episodios de hipoglucemia grave, o alteraciones tiroideas no controladas.
- Trastornos respiratorios, como la apnea obstructiva del sueño cuando no existe tratamiento eficaz.
- Enfermedades renales graves, en pacientes en diálisis o trasplante renal en fases inestables.
- Enfermedades oncológicas y oncohematológicas, cuando el tratamiento o el estado general afectan a las capacidades psicofísicas necesarias para conducir.

En todos estos supuestos, la clave no es solo el diagnóstico, sino si la enfermedad está controlada, si el tratamiento es compatible con la conducción y si el médico considera que no existe un riesgo añadido al volante.
La DGT recuerda que el objetivo de estas evaluaciones no es sancionar, sino proteger la seguridad vial. Renovar el carnet con una enfermedad es posible en muchos casos, pero siempre bajo criterios médicos y con revisiones adaptadas a cada situación personal.




