En esta noticia

El Gobierno español ha aprobado el uso del cannabis medicinal en determinados tratamientos clínicos bajo estricta supervisión médica. La medida busca ofrecer una alternativa terapéutica para pacientes con patologías refractarias o dolor crónico. Y establece que su prescripción se realizará únicamente por especialistas y su dispensación en hospitales autorizados.

El real decreto aprobado incluye los siguientes puntos clave:

  • Uso limitado y controlado: sólo en casos clínicos donde se haya demostrado beneficio terapéutico.
  • Prescripción médica especializada: exclusiva de médicos hospitalarios con razones clínicas documentadas.
  • Elaboración farmacéutica controlada: en servicios de farmacia hospitalaria autorizados.
  • Definición de usos clínicos y dosis: a cargo de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps).
  • Registro público y trazabilidad: de todos los preparados estandarizados utilizados.
  • Fiscalización del contenido de THC y CBD: especialmente cuando el THC supere el 0,2%.
  • Seguimiento médico obligatorio: para evaluar eficacia y efectos adversos.
Llega el cannabis medicinal: en ciertos casos, con receta del especialista y en hospitales. Fuente: archivo.
Llega el cannabis medicinal: en ciertos casos, con receta del especialista y en hospitales. Fuente: archivo.PeopleImages

¿Para qué enfermedades se autoriza el cannabis medicinal?

El decreto contempla su uso únicamente cuando los tratamientos convencionales no resultan eficaces. Las principales condiciones clínicas en las que podrá recetarse son:

  • Dolor crónico refractario, cuando no responde a analgésicos tradicionales o tratamientos paliativos.
  • Epilepsia grave, en especial aquellas formas resistentes a la medicación habitual.
  • Espasticidad causada por esclerosis múltiple, para aliviar la rigidez y mejorar la movilidad del paciente.
  • Náuseas y vómitos derivados de tratamientos oncológicos, como la quimioterapia, cuando no se controlan con otros fármacos.

En todos los casos, la prescripción deberá realizarla un médico especialista dentro del ámbito hospitalario y con razones clínicas documentadas. Las fórmulas magistrales se elaborarán exclusivamente en servicios de farmacia hospitalaria autorizados, bajo normas estrictas de control de calidad.

Cada preparado deberá especificar su contenido en THC y CBD, los principales componentes activos del cannabis, respetando los límites legales establecidos.

¿Dónde se podrá conseguir y quién podrá recetarlo?

El cannabis medicinal no se venderá en farmacias comunes ni por canales privados. La dispensación se realizará únicamente en hospitales, a través de los servicios de farmacia hospitalaria.

¿Dónde se podrá conseguir y quién podrá recetarlo? Fuente: archivo.
¿Dónde se podrá conseguir y quién podrá recetarlo? Fuente: archivo.

Los pacientes deberán contar con una receta emitida por un médico especialista que justifique clínicamente la necesidad del tratamiento.

¿Cómo se controlará la fabricación y distribución de los productos?

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) creará un registro público de los preparados estandarizados utilizados en la elaboración de fórmulas magistrales, lo que permitirá un seguimiento exhaustivo de su procedencia, composición y destino.

Los laboratorios estarán obligados a documentar toda la cadena de suministro y someterse a auditorías que garanticen la correcta fabricación y distribución de los productos.

El seguimiento de los tratamientos recaerá en el médico prescriptor y en el servicio de farmacia hospitalaria, responsables de evaluar su eficacia y posibles efectos adversos.

Además, se prevé que, en casos excepcionales de vulnerabilidad o dificultades de acceso, las comunidades autónomas puedan habilitar mecanismos de dispensación no presencial, siempre bajo control sanitario.

Con esta medida, España se suma al grupo de países europeos que han incorporado el cannabis medicinal en sus sistemas de salud pública, apostando por un modelo de uso regulado, científico y supervisado.